4/13/2013

Resolución Ministerial N° 114-2013-MEM/DM Aprueban transferencia a título gratuito de bienes que conforman proyecto

Aprueban transferencia a título gratuito de bienes que conforman proyecto de línea de transmisión a favor de ELECTROCENTRO SA ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2013-MEM/DM Lima, 1 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General
Aprueban transferencia a título gratuito de bienes que conforman proyecto de línea de transmisión a favor de ELECTROCENTRO SA

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114-2013-MEM/DM


Lima, 1 de abril de 2013
CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo N° 026-2007-EM del 05 de mayo de 2007, se dispuso la fusión del Proyecto de Mejoramiento de la Electrificación Rural mediante la Aplicación de Fondos Concursables – Proyecto FONER y la Dirección Ejecutiva de Proyectos, creándose la Dirección General de Electrificación Rural, la misma que ha entrado en funciones el 01 de enero de 2008;

Que, mediante Convenio de Ejecución Física de la Obra
'Línea de Transmisión 66 kV. Ayacucho – San Francisco y Subestaciones' de fecha 20 de marzo de 2007, la DEP/MEM (hoy DGER/MEM) encargó a ELECTROCENTRO SA la ejecución física del referido proyecto, cuyo costo ascendió a S/. 16 864 213,57 (Dieciséis Millones Ochocientos Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Trece con 57/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, costo que incluyó el importe de S/. 1 098 445,80 (Un Millón Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Cuarenta y Cinco con 80/100
Nuevos Soles) sin impuestos, por concepto de supervisión de obras. Así mismo, con Adenda N° 01 de fecha 11 de diciembre de 2012, se modificó el costo del proyecto a la suma de S/. 19 130 244,09 (Diecinueve Millones Ciento Treinta Mil Doscientos Cuarenta y Cuatro con 09/100
Nuevos Soles) incluido impuestos;

Que, mediante Resolución Directoral N° 123-08-EM/DGER de fecha 08 de mayo de 2008, se aprobó la Liquidación Final del Contrato N° 05-001-EM/DEP-Elaboración del Estudio Definitivo del Proyecto 'Línea de Transmisión Ayacucho – San Francisco y Subestaciones' y de los Estudios de Factibilidad de los Proyectos – Pequeño Sistema Eléctrico San Francisco II Etapa y Pequeño Sistema Eléctrico San Francisco III Etapa incluyendo los respectivos Estudios de Impacto Ambiental, estableciendo un monto final del contrato ascendente a S/. 857 069,89 (Ochocientos Cincuenta y Siete Mil Sesenta y Nueve con 89/100 Nuevos Soles);

Que, mediante Resolución Directoral N° 033-2013-EM/DGER de fecha 14 de febrero de 2013, se aprobó la Liquidación Final del Proyecto 'Línea de Transmisión 66 kV.

Ayacucho – San Francisco y Subestaciones', estableciendo un monto final a la fecha de transferencia ascendente a la suma de S/. 20 356 458,43 (Veinte Millones Trescientos Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho con 43/100 Nuevos Soles) incluido impuestos, y que comprende el siguiente rubro: 1) Convenio de Ejecución Física de Obra (año 2007/DGER-ELECTROCENTRO SA) – por el monto de S/. 18 160 358,44 (Dieciocho Millones Ciento Sesenta Mil Trescientos Cincuenta y Ocho con 44/100 Nuevos Soles);
2) Convenio de Ejecución Física de Obra (año 2007/DGER-ELECTROCENTRO SA) - Supervisión por el monto de S/. 1 352 900,82 (Un Millón Trescientos Cincuenta y Dos Mil Novecientos con 82/100 Nuevos Soles); 3) Contrato de Estudios N° 05-001-EM/DEP por el monto de S/. 522 688,60 (Quinientos Veintidós Mil Seiscientos Ochenta y Ocho con 60/100 Nuevos Soles); 4) Suministros DGER/MEM por el monto de S/. 83 826,45 (Ochenta y Tres Mil Ochocientos Veintiséis con 45/100 Nuevos Soles) y 5) Pagos por Servidumbre por el monto de S/. 236 684,12 (Doscientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Ochenta y Cuatro con 12/100
Nuevos Soles);

Que, el artículo 5° de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección Ejecutiva de Proyectos, actualmente Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas, es competente en materia de electrificación rural, para lo cual coordina con los gobiernos regionales y locales, empresas concesionarias de distribución eléctrica y electrificación rural y demás entidades y programas del Gobierno Nacional, relacionadas con la ejecución de obras de electrificación rural y su administración, operación y mantenimiento;

Que, el artículo 18° de la Ley N° 28749 concordante con el artículo 53° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas transferirá a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales que haya ejecutado o ejecute, preferentemente a las empresas concesionarias de distribución eléctrica de propiedad estatal y en su caso a la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica SA – ADINELSA;

Que, el especialista en Liquidaciones y Transferencias de la Dirección General de Electrificación Rural, mediante Informe N° 026-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 19 de febrero de 2013, señaló que la transferencia de los bienes financiados por la DGER/MEM, que conforman el proyecto señalado en los considerandos precedentes, se realizarán a titulo gratuito a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro SA – Electrocentro SA, por la suma de S/. 20 356
458,43 (Veinte Millones Trescientos Cincuenta y Seis Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho con 43/100) incluido impuestos, monto ajustado a la fecha de transferencia;

Que, la Jefatura de Energías Renovables, a través del Memorándum N° 045-2013-MEM/DGER/DPR-JER de fecha 19 de febrero de 2013, remite a la Jefatura de Administración y Finanzas el expediente de transferencia del proyecto, solicitando que se efectúe la respectiva conciliación contable, emitiéndose posteriormente el Memorándum N° 113-2013-MEM/DGER-JAF el cual indica que se ha efectuado la conciliación contable requerida;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM y demás normas modificatorias; Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; el Decreto Ley N° 25962, que aprueba la Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y modificado por el Decreto Supremo N° 026-2010-EM y Decreto Supremo N° 030-2012-EM; y la Directiva N° 005-2008-EM/DGER, sobre las Normas y Procedimientos para la Transferencia de Proyectos ejecutados por la DGER/MEM;

Con la opinión favorable Director General de Electrificación Rural y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman el Proyecto 'Línea de Transmisión 66 kV. Ayacucho – San Francisco y Subestaciones', a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro SA –
ELECTROCENTRO SA de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Centro SA – ELECTROCENTRO SA y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado
– FONAFE, lo dispuesto en el artículo primero de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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