12/24/2014

DS N° 355-2014-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Pliego Gobierno Regional del departamento de Madre de Dios DECRETO SUPREMO N° 355-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 446: Gobierno Regional del Departamento de Cusco, 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali y 454: Gobierno
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Pliego Gobierno Regional del departamento de Madre de Dios
DECRETO SUPREMO N° 355-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los pliegos 446:

Gobierno Regional del Departamento de Cusco, 462:

Gobierno Regional del Departamento de Ucayali y 454:

Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios;

Que, el artículo 7 de la Ley N° 30272, Ley que establece medidas en materia educativa, autoriza a los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cusco y Ucayali a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, hasta por las suma de CIENTO CUARENTA Y UN MIL
QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 141 573,00) y CIENTO SIETE MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 107
482,00), respectivamente, para financiar el pago de las remuneraciones del personal docente y administrativo que presta servicios en las instituciones educativas públicas ubicadas en el Departamento de Madre de Dios; señalándose que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación, a propuesta de este último;

Que, en virtud de lo antes mencionado, a través del Oficio N° 2063-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación propone un proyecto de decreto supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal de los Pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cusco y Ucayali, a favor del Pliego Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA
Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 141 573,00) y CIENTO SIETE MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 107 482,00), respectivamente, para financiar el pago de las remuneraciones del personal docente y administrativo que presta servicios en las instituciones educativas públicas ubicadas en el Departamento de Madre de Dios, y que se sustenta en el Informe N° 410-2014-MINEDU/SPE-UP y el Oficio N° 369-2014-MINEDU/SPE-UP , de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, que señalan que los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cusco y Ucayali cuentan con los recursos necesarios para tal fin en el presupuesto institucional del año fiscal 2014, de conformidad con los Oficios N°s. 233-2014-GR.CUSCO/GRPPAT y 602-2014-GRU-P-GGR-GRPPyAT , respectivamente;

De conformidad con la Ley N° 30272, Ley que establece medidas en materia educativa y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, de los Pliegos Gobiernos Regionales de los Departamentos de Cusco y Ucayali, a favor del Pliego Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS
SETENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.

141 573,00) y CIENTO SIETE MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 107
482,00), respectivamente, para financiar el pago de las remuneraciones del personal docente y administrativo que presta servicios en las instituciones educativas públicas ubicadas en el Departamento de Madre de Dios, conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N° 30272, Ley que establece medidas en materia educativa, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 446 : Gobierno Regional del Departamento de Cusco UNIDAD EJECUTORA 304 : Educación La Convención
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0090 Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 141 573,00
Sub Total Pliego 446 141 573,00
=========
PLIEGO 462 : Gobierno Regional del Departamento de Ucayali UNIDAD EJECUTORA 302 : Educación Atalaya
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0090 Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de II Ciclo de Educación Básica Regular
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 28 000,00
ACTIVIDAD 5003108 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Primaria
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 53 000,00
ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2. 1 Personal y Obligaciones Sociales 26 482,00
Sub Total Pliego 462 107 482,00
=========
TOTAL EGRESOS 249 055,00
=========
A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 454 : Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios UNIDAD EJECUTORA 300 : Educación Madre de Dios
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0090 Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de II Ciclo Educación Básica Regular
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 34 969,00
ACTIVIDAD 5003108 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Primaria
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 125 444,00
ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2. 1 Personal y Obligaciones Sociales 88 642,00
TOTAL EGRESOS 249 055,00
=========
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.

Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF. El Pliego habilitado por el presente dispositivo remitirá copia de la citada resolución al Ministerio de Educación.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ALONSO SEGURA VASI
Ministro de Economía y Finanzas
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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