3/24/2017

DECRETO REGIONAL N° 002-2017-AREQUIPA Modifican el Artículo 1° del N° 002-2011-AREQUIPA

Modifican el Artículo 1º del Decreto Regional Nº 002-2011-AREQUIPA DECRETO REGIONAL Nº 002-2017-AREQUIPA LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA VISTOS: El Informe Nº 003-2017-GRA/GR-PGCPGD a través del cual se propone modificar la denominación del Área de Prevención y Gestión de Confl ictos para la Promoción de la Gobernabilidad Democrática, el Informe de Sesión de Directorio de Gerentes Nº 007-2017-GRA/SG y el Informe Nº 195-2017-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría
Modifican el Artículo 1º del Decreto Regional Nº 002-2011-AREQUIPA
DECRETO REGIONAL Nº 002-2017-AREQUIPA
LA GOBERNADORA DEL GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
VISTOS:

El Informe Nº 003-2017-GRA/GR-PGCPGD a través del cual se propone modificar la denominación del Área de Prevención y Gestión de Confl ictos para la Promoción de la Gobernabilidad Democrática, el Informe de Sesión de Directorio de Gerentes Nº 007-2017-GRA/SG y el Informe Nº 195-2017-GRA/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680 -Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV Descentralización-;
y la Ley Nº 28607, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- en sus Artículos 37º y 40º establece que la Gobernación Regional está facultada para emitir Decretos Regionales a fin de establecer normas reglamentarias para la ejecución de Ordenanzas Regionales, sancionar los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resolver o regular asuntos de orden general y de interés ciudadano;

Que, la Segunda Disposición Complementaria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Arequipa, aprobado por la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, prescribe que "las unidades orgánicas y dependencias del Gobierno Regional pueden constituir al interior de las mismas, áreas funcionales no estructuradas, de acuerdo a requerimientos institucionales";

Que, asimismo, en su Octava Disposición Complementaria el referido ROF señala "autorícese al Presidente Regional, para que mediante Decreto Regional y previo acuerdo del Directorio de Gerentes dicte las medidas complementarias que sean necesarias";

Que, a través del Decreto Regional Nº 002-2011- AREQUIPA de fecha 06 de octubre del 2011, se aprobó la creación del Área Funcional no Estructurada de Prevención y Gestión de Confl ictos para la Promoción de la Gobernabilidad Democrática con la finalidad de detectar a tiempo las amenazas de confl icto, los problemas sociales, y asegurar la gestión adecuada de tal eventualidad, enderezando todo el sistema hacia la promoción permanente de la concertación social y la Gobernabilidad;

Que, el cambio de denominación propuesto se enmarca dentro de la Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional referido a la "Institucionalización del Diálogo y la Concertación", conforme al cual los Gobiernos Sub-nacionales tienen el deber de fomentar el diálogo y la concertación entre todas las organizaciones, tanto políticas como de la sociedad civil, en base a la tolerancia, la afirmación de las coincidencias y el respeto a las diferencias de identidad, garantizando las libertades de pensamiento y de propuesta;

Que, la Gobernabilidad constituye un eje estratégico del Plan Bicentenario al 2021, a través del cual se busca crear un entorno favorable al desarrollo de mejores condiciones de vida para las personas, es la base de la democracia y contribuye a afianzar el Estado de derecho y la cohesión social, así como a garantizar el crecimiento económico con equidad;

Estando al Acuerdo de Directorio de Gerentes Regionales de fecha 28 de febrero de 2017 y los informes de Vistos, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales- y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA,
DECRETA:

Artículo 1º.- MODIFICAR el Artículo 1º del Decreto Regional Nº 002-2011-AREQUIPA, el cual quedará redactado de la manera siguiente:
"Apruébese la creación del Área Funcional no Estructurada de Diálogo y Gobernabilidad, dependiente de la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Arequipa."
Artículo 2º.- DISPONER se deje subsistente en todo lo demás del Decreto Regional Nº 002-2011-AREQUIPA y que en lo sucesivo toda referencia al Área de Prevención y Gestión de Confl ictos se entenderá efectuada al Área de Diálogo y Gobernabilidad.

Artículo 3º.- TRANSCRIBIR el presente Decreto Regional a la Gerencia General Regional y al Área de Diálogo y Gobernabilidad para su conocimiento y fines consiguientes.

Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto Regional conforme a lo previsto en el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los 16 días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

YAMILA OSORIO DELGADO
Gobernadora Regional

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