3/18/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 111-2017-MEM/DM Modifican la R.M. N° 059-2016-MEM/DM que aprobó como

Modifican la R.M. Nº 059-2016-MEM/DM que aprobó como empresa calificada a Gases Del Pacífico S.A.C. para efectos del Beneficio de Recuperación Anticipada del IGV RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2017-MEM/DM Lima, 16 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 973 estableció el Régimen de Devolución Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave las importaciones o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción,
Modifican la R.M. Nº 059-2016-MEM/DM que aprobó como empresa calificada a Gases Del Pacífico S.A.C. para efectos del Beneficio de Recuperación Anticipada del IGV
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2017-MEM/DM
Lima, 16 de marzo de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 973 estableció el Régimen de Devolución Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave las importaciones o adquisiciones locales de bienes de capital nuevos, bienes intermedios nuevos, servicios y contratos de construcción, realizados en la etapa pre productiva, a ser empleados por los beneficiarios del Régimen, para la ejecución de los proyectos previstos en los Contratos de Inversión respectivos y se destinen a la realización de operaciones gravadas con el IGV o a exportaciones;

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973 establece que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce de la Recuperación Anticipada del IGV, así como
los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán el derecho a dicha recuperación, para cada Contrato;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 067-2013-EM, se aprobó el Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos -
Concesión Norte, suscrito entre el Estado Peruano, en calidad de Concedente y Gases del Pacífico S.A.C. en calidad de Concesionario con fecha 31 de octubre de 2013;

Que, con fecha 18 de diciembre de 2015 se suscribió el Contrato de Inversión entre PROINVERSIÓN, el Ministerio de Energía y Minas - MINEM y Gases del Pacífico S.A.C., en el cual dicha empresa se comprometió a ejecutar inversiones por un monto total a US$ 75 781
627,00 (Setenta y Cinco Millones Setecientos Ochenta y Un Mil Seiscientos Veintisiete y 00/100 Dólares Americanos) en un plazo total de dos (02) años, dos (02)
meses y once (11) días, contado desde el 18 de junio de 2014, fecha de presentación de la solicitud de suscripción del Contrato por parte de Gases del Pacífico S.A.C. a
PROINVERSIÓN;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 059-2016-MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de febrero de 2016, se aprobó a Gases del Pacífico S.A.C. como empresa calificada para efectos de acceder al beneficio de recuperación anticipada del IGV previsto por el Decreto Legislativo Nº 973;

Que, con fecha 17 de enero de 2017 las partes suscribieron una Adenda al Contrato de Inversión, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda a fin de reemplazar el monto de la inversión comprometida inicialmente, por la suma de US$ 62 284 564,00 (Sesenta y Dos Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Dólares Americanos), la cual será ejecutada en un plazo de dos (02) años, siete (07)
meses y trece (13) días, contado desde el 18 de junio de 2014;

Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF establece que una vez suscrita la Adenda al Contrato de Inversión, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente;

Que, mediante Informe Técnico-Legal Nº 007-2017-MEM/DGH-DGGN-DNH, la Dirección General de Hidrocarburos recomienda modificar la Resolución Ministerial Nº 059-2016-MEM/DM, a fin de refl ejar el nuevo monto y plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por Gases del Pacífico S.A.C. en virtud a la Adenda al Contrato de Inversión suscrita con fecha 17 de enero de 2017, para efectos del goce del beneficio de Recuperación Anticipada del IGV;

Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y la conformidad del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 059-2016-MEM/DM
Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 059-2016-MEM/DM conforme al texto siguiente:
"Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa Gases del Pacífico S.A.C., asciende a la suma de US$ 62 284
564,00 (Sesenta y Dos Millones Doscientos Ochenta y Cuatro Mil Quinientos Sesenta y Cuatro y 00/100 Dólares Americanos), la cual será ejecutada en un plazo de dos (02) años, siete (07) meses y trece (13) días, contado desde el 18 de junio de 2014."
Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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