3/26/2017

RESOLUCIÓN N° 026-2017/SBN Delegan en la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de

Delegan en la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático RESOLUCIÓN Nº 026-2017/SBN Lima, 21 de marzo de 2017 VISTO: El Memorándum Nº 0080-2017/SBN-SG de fecha 16 de marzo de 2017, de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF,
Delegan en la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático
RESOLUCIÓN Nº 026-2017/SBN
Lima, 21 de marzo de 2017
VISTO:

El Memorándum Nº 0080-2017/SBN-SG de fecha 16 de marzo de 2017, de la Secretaría General;

CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, a través del numeral 7.1 del artículo 7, dispone que el Titular de una Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, según sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado;

Que, conforme al numeral 40.2 del artículo 40 del precitado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, las modificaciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF-76.01 señala que las modificaciones presupuestarias que se aprueben en el Nivel Institucional, así como en el Funcional Programático, conllevan al incremento o a la disminución de la cantidad de las metas presupuestarias aprobadas en el presupuesto institucional del pliego o a la creación de nuevas metas presupuestarias;

Que, el literal o) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, establece que el Superintendente Nacional de Bienes Estatales puede delegar total o parcialmente sus funciones en otros funcionarios de la entidad, con excepción de las atribuciones señaladas en leyes o normas específicas, como de carácter indelegable;

Que, de acuerdo al artículo 12 del citado Reglamento, la Secretaría General es la más alta autoridad administrativa de la Institución y es la encargada de la conducción de las acciones de apoyo y asesoramiento a la Institución, coordinando la marcha de las tareas técnico administrativas, supervisando las actividades de los órganos que cumplen dichas funciones y ejecutando las directivas impartidas por el Superintendente Nacional de Bienes Estatales;

Que, con el fin de facilitar la ejecución del proceso presupuestario de la entidad, asegurar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario y promover la adecuada gestión institucional, resulta conveniente delegar determinadas facultades y atribuciones de carácter presupuestal;

Con la visación de la Secretaría General, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y en uso de la atribución conferida por el inciso o) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegar en la Secretaria General de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático.

Artículo 2.- La delegación de la facultad a que se refiere la presente resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 135-2010/SBN de fecha 30 de diciembre de 2010.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Administración y Finanzas en el ámbito de Tecnologías de la Información la difusión de la presente Resolución, en el Intranet de la SBN y en el portal institucional (www.sbn.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS PAIRAZAMAN TORRES
Superintendente

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