3/29/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 090-2017-RE Autorizan al INDECOPI a efectuar el pago de cuotas a diversos

Autorizan al INDECOPI a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2017-RE Lima, 28 de marzo de 2017 VISTA: La Carta Nº 223-2017/PRE-INDECOPI, de 09 de marzo de 2017, del Instituto Nacional de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, mediante la cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2017, a diversos organismos internacionales;
Autorizan al INDECOPI a efectuar el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 090-2017-RE
Lima, 28 de marzo de 2017
VISTA:

La Carta Nº 223-2017/PRE-INDECOPI, de 09 de marzo de 2017, del Instituto Nacional de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, mediante la cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de las cuotas correspondientes al año 2017, a diversos organismos internacionales; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; asimismo el inciso 1.3 del artículo 1 de la citada Ley señala que las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores;

Que, en el presupuesto del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, se han previsto recursos para el pago de las cuotas a favor de diversos organismos internacionales, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago;

Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del T exto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización Autorizar al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a efectuar el pago de las siguientes cuotas:

Pliego Presupuestario Moneda Monto Persona Jurídica 183: INSTITUTO
NACIONAL DE
DEFENSA DE LA
COMPETENCIA
Y DE LA
PROTECCIÓN DE
LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
SOLES
46 651.00
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual - OMPI
6 262.00
Asociación Internacional de Reguladores de Insolvencia - IAIR
43 920.00
Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales -
UPOV
45 868.00
Comité de Competencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE
45 869.00
Comité de Políticas del Consumidor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE
Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 183: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI.

Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Artículo 4.- Refrendo La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
RICARDO LUNA MENDOZA
Ministro de Relaciones Exteriores

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