4/19/2017

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 037-2017-CR/GRL Declaran de Interés Público y Prioridad Regional la

Declaran de Interés Público y Prioridad Regional la transferencia de la titularidad de dominio de predios de titularidad vigente del Ministerio de Agricultura, a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Lima ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 037-2017-CR/GRL Huacho, 24 de marzo de 2017 VISTO: La Carta Nº 010-2017-GRL/GRDE/ DIREFOR/VCS, del Director Regional de Formalización de la Propiedad Rural-DIREFOR, Sr. Víctor Castillo Sánchez, quien solicita emitir un Acuerdo
Declaran de Interés Público y Prioridad Regional la transferencia de la titularidad de dominio de predios de titularidad vigente del Ministerio de Agricultura, a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Lima
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 037-2017-CR/GRL
Huacho, 24 de marzo de 2017
VISTO: La Carta Nº 010-2017-GRL/GRDE/ DIREFOR/VCS, del Director Regional de Formalización de la Propiedad Rural-DIREFOR, Sr. Víctor Castillo Sánchez, quien solicita emitir un Acuerdo de Consejo Regional donde se establezca la necesidad de asumir la titularidad de dominio a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural - DIREFOR del Gobierno Regional de Lima con el fin de cumplir con las funciones transferidas enmarcadas en la Ley de Bases de Descentralización - Ley Nº 27783, Quinta Disposición Transitoria de Formalización y Ejecución de las Transferencias;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias efectuadas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, Ley Nº 28607 y Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el Artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, mediante el documento del visto, el Director Regional de Formalización de la Propiedad Rural-DIREFOR, Sr. Víctor Castillo Sánchez, solicita se emita un Acuerdo de Consejo Regional donde se establezca la necesidad de asumir la titularidad de dominio a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural - DIREFOR del Gobierno Regional de Lima con el fin de cumplir con las funciones transferidas enmarcadas en la Ley de Bases de Descentralización - Ley Nº 27783, Quinta Disposición Transitoria de Formalización y Ejecución de las Transferencias;

Que, mediante Informe Legal Nº 01-2017-DIREFOR/ cdvr-oacc, la Asesora Legal de Comunidades Campesinas y Tierras Eriazas, Abog. Catalina Del Valle Rodríguez, recomienda solicitar el Acuerdo de Consejo Regional sobre la transferencia de titularidad de dominio a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural - DIREFOR del Gobierno Regional de Lima;

Que, en la Sesión Extraordinaria del 24 de marzo de 2017, el Consejero Regional por la provincia de Huaura, Sr. Miguel Ángel Mufarech Nemy, hace suyo el pedido realizado por el Director Regional de Formalización de la Propiedad Rural-DIREFOR, Sr. Víctor Castillo Sánchez mediante el documento del visto;

Que, en Sesión Extraordinaria realizada el día 24 de marzo del 2017, en las instalaciones del Consejo Regional sito en Playa Chorrillos - Malecón Roca 1er. Piso, ubicado en la ciudad de Huacho, se dio cuenta del Documento del Visto, con la sustentación del Consejero Regional por la provincia de Huaura, Sr. Miguel Ángel Mufarech Nemy; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por UNANIMIDAD de los Consejeros Regionales concurrentes a la Sesión de Consejo Regional, y;

En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968 y Nº 29053;

ACUERDA:

Artículo Primero.- DECLARAR de Interés Público y Prioridad Regional la transferencia de la titularidad de dominio de las partidas registrales, de los diferentes predios comprendidos en las normas vigentes cuyo titular es el Ministerio de Agricultura a favor de la Dirección Regional de Formalización de la Propiedad Rural del Gobierno Regional de Lima, para la ejecución de funciones establecidas en la Quinta Disposición Transitoria del Capitulo 2º de la Ley Nº 27783-Ley de Bases de la Descentralización, concordante con el Artículo 10, inciso F, Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales.

Artículo Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional para que a través del despacho del Gobernador Regional ponga en conocimiento del Ministerio de Agricultura el presente Acuerdo de Consejo Regional.

Artículo Tercero.- DISPENSAR del presente acuerdo regional del trámite de lectura y aprobación de acta.

Artículo Cuarto.- El presente Acuerdo Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su aprobación y será publicado en el Diario Oficial El Peruano como en la página web del Gobierno Regional de Lima (www.regionlima.gob.pe) para conocimiento y fines.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

ANIBAL RAMON RUFFNER
Presidente del Consejo Regional

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