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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 128-2017-MIMP Aprueban los "Criterios para el Reconocimiento Público a

Aprueban los "Criterios para el Reconocimiento Público a Instituciones Amigas de la Lactancia Materna" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2017-MIMP Lima, 24 de abril de 2017 VISTOS: La Nota Nº 178-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota Nº 105-2017-MIMP/DGFC-DIFF y el Informe Nº 031-2017-MIMP/ DGFC-DIFF-MCLOT de la Dirección de Fortalecimiento de las Familias; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29896 - Ley que establece la implementación de lactarios
Aprueban los "Criterios para el Reconocimiento Público a Instituciones Amigas de la Lactancia Materna"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2017-MIMP
Lima, 24 de abril de 2017
VISTOS:

La Nota Nº 178-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota Nº 105-2017-MIMP/DGFC-DIFF y el Informe Nº 031-2017-MIMP/ DGFC-DIFF-MCLOT de la Dirección de Fortalecimiento de las Familias;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29896 - Ley que establece la implementación de lactarios en las instituciones del sector público y del sector privado promoviendo la lactancia materna, se establece que en adelante la referida implementación se llevará a cabo no sólo en las instituciones del sector público sino también en las del sector privado, entendiéndose que para los efectos de la citada Ley el lactario es un ambiente especialmente acondicionado y digno para que las madres trabajadoras
extraigan su leche materna durante el horario de trabajo, asegurando su adecuada conservación;

Que, por Decreto Supremo Nº 001-2016-MIMP se desarrolla la Ley Nº 29896, disponiendo en su artículo 11º que las instancias públicas y privadas que cumplan satisfactoria y oportunamente con las disposiciones de la citada norma, serán públicamente reconocidas y calificadas como "Institución amiga de la lactancia materna"; precisando además que la Comisión Multisectorial de Lactarios diseñará los mecanismos y criterios para otorgar la calificación señalada, los que serán aprobados por Resolución Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Que, según Acta de la Sesión Ordinaria Nº 2 celebrada el 26 de mayo de 2016, la Comisión Multisectorial de Lactarios aprobó la propuesta presentada por la Dirección de Fortalecimiento de las Familias en su calidad de Secretaria Técnica de la Comisión, para el reconocimiento público a instituciones amigas de la lactancia materna;

Que, en consecuencia, resulta necesario emitir la Resolución Ministerial que apruebe los "Criterios para el Reconocimiento Público a Instituciones Amigas de la Lactancia Materna";

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias;
y el Decreto Supremo Nº 001-2016-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los "Criterios para el Reconocimiento Público a Instituciones Amigas de la Lactancia Materna", los cuales forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de los "Criterios para el Reconocimiento Público a Instituciones Amigas de la Lactancia Materna" a la Comisión Multisectorial de Lactarios y a su Secretaría Técnica.

Artículo 3º.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Comisión Multisectorial de Lactarios encargada de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 29896 y el Decreto Supremo Nº 001-2016-MIMP, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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