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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2017-MIMP Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos

Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2017-MIMP Lima, 26 de abril de 2017 Vistos, el Informe Nº 005-2017-MIMP/OGPP-OMI-WBDB, la Nota Nº 048-2017-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y el Memorando Nº 177-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 39.1 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley
Modifican el T exto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2017-MIMP
Lima, 26 de abril de 2017
Vistos, el Informe Nº 005-2017-MIMP/OGPP-OMI-WBDB, la Nota Nº 048-2017-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y el Memorando Nº 177-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 39.1 del artículo 39 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se establecen exclusivamente mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por la decisión del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de las tasas que sean aplicables;

Que, asimismo, el numeral 43.5 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, modificado con Resolución Ministerial Nº 268-2015-MIMP;

Que, a través del Informe Nº 005-2017-MIMP/OGPP-OMI-WBDB, la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha sustentado la modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad; así como la actualización y modificación de los formularios de trámite,
señalando que la modificación obedece a la aprobación de los Decretos Legislativos Nº 1246 - Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de simplificación administrativa y Nº 1272 - Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y deroga la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, precisando que no implica la creación de nuevos procedimientos ni el incremento de los derechos de tramitación o requisitos;

Que, estando a lo expuesto resulta necesario emitir el acto por el cual se modifique el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del MIMP
Modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-MIMP, modificado con Resolución Ministerial Nº 268-2015-MIMP, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Actualización del Sistema de Trámite Documentario Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración, proceda a la actualización del Sistema de Trámite Documentario, de conformidad con lo aprobado por la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en el portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.
com.pe/) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP (www.mimp. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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