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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 142-2017-VIVIENDA Modifican la R.M. N° 192-2016-VIVIENDA que regula la

Modifican la R.M. Nº 192-2016-VIVIENDA que regula la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización -CTN del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2017-VIVIENDA Lima, 26 de abril de 2017 VISTOS, el Informe Nº 225-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, el Memorándum Nº 284-2017-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas
Modifican la R.M. Nº 192-2016-VIVIENDA que regula la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización -CTN del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2017-VIVIENDA
Lima, 26 de abril de 2017
VISTOS, el Informe Nº 225-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, el Memorándum Nº 284-2017-VIVIENDA-VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, y el Informe Nº 609-2017-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, los artículos 5 y 6 de la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, establecen que este Ministerio es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, entre otros, en las materias de vivienda y construcción, las que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; y tiene, entre otras, la competencia exclusiva para dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, con Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA, se regula la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización - CTN del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del MVCS;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del artículo 82 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, tiene como función "Proponer actualizaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, en coordinación con los sectores que se vinculen, en el marco de los Comités Técnicos de Normalización, según la normatividad vigente";

Que, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, mediante Informe Nº 225-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, sustenta su propuesta de modificar los artículos 6, 9 y 15 de la Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA, con la finalidad de coadyuvar a la operatividad de los Comités Técnicos de Normalización - CTN;

Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA, establece que la presidencia del CTN recae en el representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, sin embargo la mencionada Dirección General precisa en el Informe Nº 225-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, que el cargo de Presidente resulta innecesario, al no contar con funciones específicas dentro del CTN, proponiendo su derogación;

Que, asimismo se precisa en el Informe Nº 225-2017-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción, que el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción -
SENCICO, es una entidad adscrita al MVCS y tiene como función, entre otras, la de proponer normas técnicas de actualización e incorporación en el Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE, conforme se establece en su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC y modificatoria, por lo que, para el cumplimiento de dicha función, corresponde tenga en cuenta los lineamientos establecidos por el MVCS;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 609-2017-VIVIENDA/OGAJ, emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada por la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, en este sentido, resulta necesario expedir el acto resolutivo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar los artículos 6, 9 y 15 de la Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA que regula la conformación y funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización - CTN del Reglamento Nacional de Edificaciones - RNE de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento -
MVCS, en los términos siguientes:
"Artículo 6.- Plazo de funcionamiento del CTN
El plazo de funcionamiento del CTN es hasta que cumpla con el objeto que justifica su creación sin exceder un (01) año, el mismo que es computado a partir de la fecha en la que se emita la Resolución Directoral respectiva.

Excepcionalmente, el CTN solicita a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, extienda su plazo de funcionamiento, hasta cumplir con el objeto que sustenta su ampliación, sin exceder de un (01) año contado desde la fecha en que se autoriza la ampliación, debiendo para ello presentar un informe sustentatorio indicando el objeto y el plazo de culminación de la propuesta."
"Artículo 9.- Secretaría Técnica 9.1 La Secretaría Técnica del CTN está a cargo de un representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento o un representante del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, cuando se trate de un CTN propuesto por SENCICO. (..)."
"Artículo 15.- Financiamiento La implementación, funciones y acciones a cargo del CTN, se financian con cargo al presupuesto institucional de la Entidad que esté a cargo de la Secretaría Técnica, sin irrogar gastos adicionales al Tesoro Público."
Artículo 2.- Derogar el artículo 8 de la Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Dejar subsistente la Resolución Ministerial Nº 192-2016-VIVIENDA, en sus demás extremos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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