5/31/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA N° 123-2016-CO-PC-UNF Modifican la Res. N°

Modifican la Res. Nº 098-2015-CO-PC-UNF, sobre designación de funcionaria responsable de entregar información de acceso público de la Universidad Nacional de Frontera (Se publica las siguientes resoluciones a solicitud de la Universidad Nacional de Frontera, mediante Oficio Nº 249-2017-/UNF-CO-P, recibido el 30 de mayo de 2017) UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 123-2016-CO-PC-UNF Sullana, 27 de diciembre de 2016 VISTOS El Oficio Nº 396-2016-UNF-SG
Modifican la Res. Nº 098-2015-CO-PC-UNF, sobre designación de funcionaria responsable de entregar información de acceso público de la Universidad Nacional de Frontera (Se publica las siguientes resoluciones a solicitud de la Universidad Nacional de Frontera, mediante Oficio Nº 249-2017-/UNF-CO-P, recibido el 30 de mayo de 2017) UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 123-2016-CO-PC-UNF
Sullana, 27 de diciembre de 2016
VISTOS
El Oficio Nº 396-2016-UNF-SG de fecha 29 de noviembre de 2016; el Proveído Nº 1605-2016-UNF-CO-P de fecha 26 de diciembre de 2016; y,
CONSIDERANDO:

Primero.- Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio del 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura, con los fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país;

Segundo.- Que, la parte final del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes;

Tercero.- Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo;

Cuarto.- Que, mediante Oficio Nº 396-2016-UNF-SG de fecha 29 de noviembre de 2016; la Secretaria General comunica al Sr. Presidente de la Comisión Organizadora lo siguiente:

Que mediante Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha 18 de noviembre de 2015, ser resolvió:
"Artículo Primero.- DESIGNAR a la Secretaria General de la Universidad Nacional de Frontera - Abg. Maritza Lorena del Rosario Mogollón Peña, como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3º inciso b)
y artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la Analista de Sistemas de la UNF - Ing. Cecilia Lizeth Risco Ipanaqué como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la UNF; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y en el artículo 4º de su Reglamento, y sus modificatorias; en concordancia con lo estipulado en el artículo 11 de la Ley Universitaria Nº 30220.

Artículo Tercero.- DISPONER que todos los funcionarios de las unidades orgánicas u órganos de la Entidad, sin excepción, atiendan de manera oportuna y bajo responsabilidad, los requerimientos de información formulados por la funcionaria responsable de entregar la información de acceso público, así como por la funcionaria
responsable del Portal de Transparencia, de conformidad con artículo 3º, inciso d.1.) del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias.

Artículo Cuarto.- DISPONER que todos los funcionarios o servidores poseedores de la información cumplan de forma obligatoria y bajo responsabilidad, con lo dispuesto en el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias.

Artículo Quinto.- DISPONER que todos los funcionarios, servidores y trabajadores de la Universidad Nacional de Frontera; sin excepción, cumplan de forma obligatoria y bajo responsabilidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, su Reglamento y modificatorias; a fin de no incurrir en responsabilidades y sanciones por incumplimiento; a las que hace referencia el artículo 4º de la precitada Ley y el artículo 7º de su Reglamento.

Artículo Sexto.- AUTORIZAR que la Resolución, sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano", en la página web de la UNF y en un lugar visible de la Entidad, de conformidad con lo estipulado en el artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus modificatorias."
Al respecto como se visualiza en dicha resolución se registra a la Abg. Maritza Lorena Mogollón Peña, la misma que se desempeñó como Secretaria General y que ya no labora en esta Entidad.

En ese sentido solicito se autorice a este Despacho proyectar el acto resolutivo pertinente, modificando el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha 18 de noviembre de 2015, por los motivos expuestos, disponiendo además que la parte no modificada de la precitada Resolución mantenga su mismo efecto legal.

Quinto.- Que, mediante Proveído Nº 1605-2016-UNF-CO-P de fecha 26 de diciembre de 2016; el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora remite a Secretaria General copia del Oficio Nº 396-2016-UNF-SG, a fin de que modifique la Resolución de Presidencia de Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF proyectando el acto resolutivo pertinente.

Sexto.- Que, con el propósito de dar el correcto cumplimiento a las atribuciones y competencias asignadas por la Constitución Política del Perú y la Ley, a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera con cargo a dar cuenta en Sesión de Comisión, se hace necesario proyectar el acto resolutivo conforme a lo solicitado por el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora, mediante Proveído Nº 1605-2016-UNF-CO-P;

Séptimo.- Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU de fecha 13 mayo de 2016, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, integrada por: Carlos Joaquín Larrea Venegas, Presidente de la Comisión Organizadora, César Leonardo Haro Díaz, Vicepresidente Académico y Edmundo Gerardo Moreno Terrazas, Vicepresidente de Investigación;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Ley de Creación de la Universidad Nacional de Frontera Nº 29568
y la Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la modificación del Artículo Primero de la Resolución de Presidencia de la Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha18 de noviembre de 2015, quedando como sigue:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la Secretaria General de la Universidad Nacional de Frontera - Abg. Joyce del Pilar Varillas Cruz, como funcionaria responsable de entregar la información de acceso público de la Universidad Nacional de Frontera, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y sus modificatorias.

Artículo Segundo.- DISPONER que la parte no modificada de la Presidencia de la Comisión Organizadora Nº 098-2015-CO-PC-UNF de fecha18 de noviembre de 2015, mantenga el mismo efecto legal.

Artículo Tercero.- DISPONER que la presente Resolución sea notificada a los estamentos académicos y administrativos pertinentes para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

CARLOS J. LARREA VENEGAS
Comisión Organizadora Presidente
JOYCE DEL PILAR VARILLAS CRUZ
Secretaria General

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