5/24/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 199-2017-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdo mediante el cual se amplió la autorización, a la empresa NEBUWAY E.I.R.L., para certificar competencias en la ocupación de "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano" RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 199-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 19 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Nº 035-2017-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo
Oficializan Acuerdo mediante el cual se amplió la autorización, a la empresa NEBUWAY E.I.R.L., para certificar competencias en la ocupación de "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 199-2017-SINEACE/CDAH-P
Lima, 19 de mayo de 2017
VISTO:

El Informe Nº 035-2017-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220
Ley Universitaria del 09 de julio 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa -
SINEACE; habiéndose mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema;

Que, mediante documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE, recomienda la ampliación de autorización como entidad certificadora de competencias a la empresa NEBUWAY E.I.R.L., para certificar competencias en la ocupación de "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano", con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a nivel Técnico Productivo", conforme Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P;
acompañando a tal efecto el Informe Nº 05-2017-SINEACE/ DEC-EBTP-MAAC, con la documentación respectiva;

Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 164-2017-CDAH, de sesión de fecha 17 de mayo 2017, se otorgó la ampliación de autorización a la empresa NEBUWAY E.I.R.L., para certificar competencias en la ocupación de "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano", con una vigencia de cinco (05) años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y, Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Oficializar el Acuerdo Nº 164-2017-CDAH, de sesión de fecha 17 de mayo 2017, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se amplió la autorización, a la empresa NEBUWAY E.I.R.L., para certificar competencias en la ocupación de "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano", con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente Resolución.

Artículo Segundo. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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