5/24/2017

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 196-2017-SINEACE/CDAH-P Oficializan

Oficializan Acuerdos mediante los cuales se otorgó la acreditación a las carreras de Odontología, Administración, Medicina Veterinaria y Zootecnia e Ingeniería Metalúrgica, respectivamente, de la Universidad Nacional del Altiplano RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 196-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 19 de mayo de 2017 VISTOS: Los Informes Nº 060-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, Nº 063-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, Nº 062-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU y Nº 079-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitidos
Oficializan Acuerdos mediante los cuales se otorgó la acreditación a las carreras de Odontología, Administración, Medicina Veterinaria y Zootecnia e Ingeniería Metalúrgica, respectivamente, de la Universidad Nacional del Altiplano
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 196-2017-SINEACE/CDAH-P
Lima, 19 de mayo de 2017
VISTOS:

Los Informes Nº 060-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, Nº 063-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, Nº 062-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU y Nº 079-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria de SINEACE; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220
Ley Universitaria del 09 de julio 2014 se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa -
SINEACE; habiéndose mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014 constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema;

Que, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria mediante documentos de vistos, considerando los Informes Finales emitidos por la entidad evaluadora externa Agencia Evaluadora de la Calidad Educativa - AECEDU S.A.C.; los Informes AC-123-2016-SINEACE/TP-DEA-ESU/Observador, AC-117-2016-SINEACE/TP-DEA-ESU/Observador, AC-091-2016-SINEACE/TP-DEA-ESU/Observador y AC-093-2016-SINEACE/TP-DEA-ESU/Observador, y demás actuados obrantes emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación las carreras profesionales de Odontología, Administración, Medicina Veterinaria y Zootecnia e Ingeniería Metalúrgica, respectivamente, de la Universidad Nacional del Altiplano, con una vigencia de tres (03) años;

Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 17 de mayo 2017, arribó a los siguientes acuerdos respecto de la Universidad Nacional del Altiplano:
• Acuerdo Nº 132-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Odontología, con una vigencia de tres (03) años.
• Acuerdo Nº 133-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Administración, con una vigencia de tres (03) años;
• Acuerdo Nº 134-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Medicina Veterinaria y Zootecnia, con una vigencia de tres (03) años.
• Acuerdo Nº 135-2017-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Ingeniería Metalúrgica, con una vigencia de tres (03) años;

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1 Oficializar los Acuerdos Nº 132-2017-CDAH, Nº 133-2017-CDAH, Nº 134-2017-CDAH y Nº 135-2017-CDAH, de sesión de fecha 17 de mayo 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante los cuales se otorgó la acreditación a las carreras de Odontología, Administración, Medicina Veterinaria y Zootecnia e Ingeniería Metalúrgica, respectivamente, de la Universidad Nacional del Altiplano, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución.

Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEREGRINA MORGAN LORA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc
SINEACE

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