5/25/2017

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 100-2017-SUNAFIL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 100-2017-SUNAFIL Lima, 24 de mayo de 2017 VISTO: El Informe Nº 219-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos y el Memorándum Nº 152-2017-SUNAFIL-DS del Despacho de Superintendencia, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 100-2017-SUNAFIL
Lima, 24 de mayo de 2017
VISTO:

El Informe Nº 219-2017-SUNAFIL/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos y el Memorándum Nº 152-2017-SUNAFIL-DS del Despacho de Superintendencia, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1º de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;

Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil;

Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal- CAP de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado por la Resolución Suprema Nº 019-2013-TR,, el cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana está calificado como empleado de confianza;

Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 43-2017-SUNAFIL se designó al señor Jesús Eloy Barrientos Ruiz, en el cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil;

Que, mediante el Informe Nº 219-2017-SUNAFIL/ OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos manifiesta que el señor Jesús Eloy Barrientos Ruiz ha formulado renuncia al cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana, la misma que se estima por conveniente aceptar, dándole las gracias por los servicios prestados;

Que, asimismo, en el aludido Informe Nº 219-2017-SUNAFIL/OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos indica que la señora Yolanda Koc Medina, cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasificador de Cargos de la Sunafil (Versión 02), aprobado mediante Resolución de Superintendencia Nº 046-2017-SUNAFIL, para el cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Sunafil;

Con el visado de la Secretaria General, de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Jefa de la Oficina General de Administración y de la Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con las facultades conferidas en el literal f) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha, del señor Jesús Eloy Barrientos Ruiz, en el cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, a la señora Yolanda Koc Medina, en el cargo de Intendente Regional de la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil.

Artículo 3º.- Notificar la presente resolución a las personas mencionadas en los artículos precedentes así como a la Oficina General de Administración, para las acciones pertinentes.

Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal de transparencia de la Sunafil (www.sunafil.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral

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