5/19/2017

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 034-2017-SMV/02 Autorizan el funcionamiento de Valuadora y

Autorizan el funcionamiento de Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. como empresa proveedora de precios y disponen su inscripción en la sección Empresas Proveedoras de Precios del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 034-2017-SMV/02 Lima, 12 de mayo de 2017 La Superintendente del Mercado de Valores VISTOS: El Expediente Nº 2017005508 y el Informe Nº 443-2017-SMV/10.2 del 12 de mayo de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que,
Autorizan el funcionamiento de Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. como empresa proveedora de precios y disponen su inscripción en la sección Empresas Proveedoras de Precios del Registro Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 034-2017-SMV/02
Lima, 12 de mayo de 2017
La Superintendente del Mercado de Valores
VISTOS:

El Expediente Nº 2017005508 y el Informe Nº 443-2017-SMV/10.2 del 12 de mayo de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 011-2017-SMV/10.2 del 17 de enero de 2017, se autorizó a la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. y Servicios Financieros Experimentales S.A. la organización de una empresa proveedora de precios denominada Valuadora y Proveedora de Precios del Perú
S.A.;

Que, mediante escritos presentados hasta el 11 de mayo de 2017, los organizadores solicitaron la autorización de funcionamiento de Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. para actuar como empresa proveedora de precios;

Que, el artículo 16º del Reglamento de Empresas Proveedoras de Precios, aprobado por Resolución CONASEV Nº 101-2009-EF/94.01.1, señala los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una empresa proveedora de precios;

Que, a efectos de verificar que Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento, se realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida empresa;

Que, de la evaluación de la documentación presentada y de la visita de inspección efectuada, se determinó que Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A.
cumple con los requisitos previstos para la obtención
de la autorización de funcionamiento como empresa proveedora de precios; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3º, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126, y por el artículo 12º, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. como empresa proveedora de precios.

Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A. en la sección de Empresas Proveedoras de Precios del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Valuadora y Proveedora de Precios del Perú S.A.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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