5/31/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 084-2017-INDECI

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 084-2017-INDECI 23 de mayo de 2017 VISTOS: El Memorándum Nº 2925-2017-INDECI/6.3 del 03 de mayo de 2017, emitido por el Jefe de la Oficina General de Administración, el Cheque de fecha 07 de abril de 2017 emitida por el Banco de Comercio, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es un organismo público ejecutor,

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 084-2017-INDECI
23 de mayo de 2017
VISTOS: El Memorándum Nº 2925-2017-INDECI/6.3 del 03 de mayo de 2017, emitido por el Jefe de la Oficina General de Administración, el Cheque de fecha 07 de abril de 2017 emitida por el Banco de Comercio, sus antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI es un organismo público ejecutor, con calidad de pliego presupuestal, adscrito al Ministerio de Defensa, por Decreto Supremo Nº 002-2016-DE, conformante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Desastres - SINAGERD y responsable técnico, coordinador, facilitador y supervisor de la implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación;

Que, mediante el Memorándum Nº 2925-2017- INDECI/6.3 el Jefe de la Oficina General de Administración, informa que la Federación Peruana de Voleibol efectuó un aporte en calidad de donación por la suma de Treinta y siete mil doscientos treinta y uno con 56/100 Soles (S/. 37,231.56), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, para financiar actividades de asistencia humanitaria;

Que, el artículo 69 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las donaciones dinerarias
provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias y en caso de montos inferiores a las cinco (5) dicha publicación se realizará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad.

Que, en tal sentido, resulta necesario aceptar la donación dineraria efectuada por la Federación Peruana de Voleibol a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, que tendrá como destino financiar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damnificadas y afectadas por las emergencias y desastres;

Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Jefa de la Oficina de Tesorería;

De conformidad con Ley Nº 29664 Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD
y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y Resolución Suprema Nº 033-2017-DE/;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ACEPTAR la donación dineraria efectuada por la Federación Peruana de Voleibol, por la suma de Treinta y siete mil doscientos treinta y uno con 56/100 Soles (S/. 37,231.56), a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, conforme al Cheque de fecha 07 de abril de 2017, emitido por el Banco de Comercio, que tendrá como destino financiar actividades de Asistencia Humanitaria para la Atención de personas damnificadas y afectadas por las emergencias y desastres.

Artículo 2º.- AGRADECER a la Federación Peruana de Voleibol por el valioso aporte efectuado al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI.

Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página web e intranet Institucional ( ), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada.

Articulo 4º.- Disponer que la Secretaria General registre y numere la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por Fedatario a la Contraloría General de la República y a la Federación Peruana de Voleibol, dentro del plazo de 03 (tres) días hábiles de emitida la presente Resolución, al Órgano de Control Institucional, a la Oficina General de Administración, Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y a la Oficina de Tesorería, para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA
Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil

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