5/22/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2017-TR Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de

Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de entidades del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-TR Lima, 19 de mayo de 2017 VISTOS: El Informe Nº 141-2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Memorando Nº 778-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando Nº 980-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGC, de la Unidad
Aprueban transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de entidades del sector público
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-TR
Lima, 19 de mayo de 2017
VISTOS: El Informe Nº 141-2017-JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Memorando Nº 778-2017/JOVENES
PRODUCTIVOS/ DE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando Nº 980-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGC, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil; los Oficios Nºs. 255 y 290-2017-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos"; el Oficio Nº 216-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 605-2017-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2011-TR de fecha 20 de agosto de 2011, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR y Nº 004-2015-TR, se creó el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" en el ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", la misma que cuenta con autonomía técnico-administrativa, económica y financiera y que tiene por finalidad la inserción de los jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal;

Que, la Vigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional realizar transferencias
financieras con entidades públicas, para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo autorizarse las transferencias financieras mediante resolución del titular del pliego y publicada en el diario oficial "El Peruano";

Que, el literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", aprobado por Resolución Ministerial Nº 179-2012-TR, autoriza aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modificatorias necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa;

Que, a través del numeral 8.2.4 de la Directiva
Nº 01-2016-MTPE-JOVENES PRODUCTIVOS/DE, "Procedimiento y Mecánica Operativa para la Suscripción de Convenios con Entidades de Capacitación Pública para los Servicios de Capacitación y Autorización de Inicio de Cursos", aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva
Nº 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE y modificatorias, se establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias financieras;

Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, mediante Memorando Nº 980-2017/ JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC, en mérito al Informe
Nº 341-2017/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ ACSEC, señala que otorga la viabilidad a los convenios suscritos que permitirán la ejecución de los mismos;

Que, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando Nº 778-2017/JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGP, emite opinión de viabilidad sobre la procedencia de la transferencias financieras a favor de las Entidades de Capacitación en base al Informe Nº 741-2017-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/ UGP-AP, a través del cual se informa que se otorgó Certificaciones de Crédito Presupuestario - CPP Nº 546-2017 por la suma de OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS TRECE Y
00/100 SOLES (S/ 85 713,00), CCP Nº 547-2017 por la suma de DOSCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS Y
00/100 SOLES (S/ 203 500,00), CCP Nº 540-2017 por la suma de QUINIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 527 250,00), CCP Nº 545-2017 por la suma de SETENTA Y CUATRO MIL Y
00/100 SOLES (S/ 74 000,00), CCP Nº 553-2017 por la suma de SETENTA Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES (S/ 74 000,00), CCP Nº 551-2017 por la suma de SETENTA
Y CUATRO MIL Y 00/100 SOLES (S/ 74 000,00), CCP
Nº 541-2017 por la suma de CIENTO VEINTINUEVE MIL
QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 129 500,00), CCP
Nº 548-2017 por la suma de DOSCIENTOS SETENTA
Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
CON 50/100 SOLES (S/ 273 499,50), CCP Nº 542-2017
por la suma de NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
Y 00/100 SOLES (S/ 92 500,00), CCP Nº 550-2017
por la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL Y
00/100 SOLES (S/ 185 000,00), CCP Nº 544-2017 por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
QUINIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 499 500,00), CCP
Nº 543-2017 por la suma de QUINIENTOS NOVENTA
Y DOS MIL Y 00/100 SOLES (S/ 592 000,00) y CCP Nº 549-2017 por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA
Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100
SOLES (S/ 342 250,00), correspondientes a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios; dichos montos financiarán los costos de trece (13) Convenios de Colaboración Interinstitucional suscritos con Entidades de Capacitación del Sector Público, ascendente a la suma de TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS
MIL SETECIENTOS DOCE CON 50/100 SOLES (S/ 3
152 712,50);

Que, mediante Informe Nº 141-2017/JOVENES
PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe la transferencia financiera a las Entidades de Capacitación Públicas, con la finalidad de cubrir los costos establecidos en los Convenios de Colaboración Interinstitucional, para los procesos de capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, de conformidad con lo establecido en la Vigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Que mediante Oficio Nº 216-2017-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico Nº 124-2017-MTPE/4/9.2, de la Oficina de Presupuesto, el cual emite opinión favorable sobre las referidas transferencias financieras y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la Resolución Ministerial solicitada por el mencionado Programa;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 605-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo 004-2014-TR; inciso iv) literal a)
numeral 15.1 del artículo 15 y la Vigésimo Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las transferencias financieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a favor de las entidades del sector público, hasta por la suma de TRES MILLONES CIENTO
CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DOCE Y 50/100
SOLES (S/ 3 152 712,50), en el marco de los convenios detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y el Anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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