5/30/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 185-2017-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo

Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a financiar la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2017-VIVIENDA Lima, 29 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a financiar la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 185-2017-VIVIENDA
Lima, 29 de mayo de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana;
ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;

Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 6
233 715 495,00 (SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
Y TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100
SOLES), incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso;

Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano;

Que, mediante Memorándum Nº 455-2017-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción de la Segunda Adenda al Convenio para la Ejecución del Bono Familiar Habitacional en las Modalidades de Aplicación: Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA; por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 45 007 507,00 (CUARENTA Y
CINCO MILLONES SIETE MIL QUINIENTOS SIETE Y
00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30518;

Que, con Memorando Nº 899-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 172-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de su Oficina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059:

Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto 4:

Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de S/ 45
007 507,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES SIETE MIL
QUINIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, para lo cual, se ha suscrito la Segunda Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal respectiva;

Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el inciso v) del literal a), numeral 15.1 del artículo 15, de la Ley Nº 30518, resulta necesario aprobar la transferencia financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 45 007
507,00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES SIETE MIL
QUINIENTOS SIETE Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.; destinada a financiar la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A.

Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037:

Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, hasta por la suma de S/ 45 007 507,00 (CUARENTA Y
CINCO MILLONES SIETE MIL QUINIENTOS SIETE
Y 00/100 SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, a favor del Fondo MIVIVIENDA
S.A., destinada a financiar la ejecución del Bono Familiar Habitacional en las modalidades de Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Producto 3000129: Familias de Bajos
Recursos Aptas para Acceder a Vivienda de Interés Social en Condiciones Adecuadas, en las Actividades 5004335: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Mejoramiento de Vivienda y 5004336: Asignación del Bono Familiar Habitacional para Construcción en Sitio Propio, en la Genérica del Gasto 4: Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 5.- Información El Fondo MIVIVIENDA S.A., informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y financieros de las actividades, a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y de la Segunda Adenda al Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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