5/14/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 338-2017/MINSA Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Pliegos

Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de Tumbes y Loreto para financiar acciones de mantenimiento de infraestructura de establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2017/MINSA Lima, 12 de mayo del 2017 Visto, el Expediente Nº 17-033217-002 que contiene el Informe Nº 123-2017-OGPPM-OP/MINSA de la Oficin…
Autorizan Transferencia Financiera a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de Tumbes y Loreto para financiar acciones de mantenimiento de infraestructura de establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2017/MINSA
Lima, 12 de mayo del 2017
Visto, el Expediente Nº 17-033217-002 que contiene el Informe Nº 123-2017-OGPPM-OP/MINSA de la Oficina
General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se expide la Resolución Ministerial Nº 1008-2016/MINSA de fecha 29 de diciembre de 2016, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 011: Ministerio de Salud;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2017
se aprobaron medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados;

Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del precitado Decreto de Urgencia, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de S/ 4 400 000 000,00 (CUATRO MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100
SOLES), correspondiéndole al Ministerio de Salud la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES
Y 00/100 SOLES), para ser destinado al financiamiento de acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados;

Que, el artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, autoriza al Ministerio de Salud durante el Año Fiscal 2017
a realizar transferencias financieras, hasta por la suma de
S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100
SOLES), a favor de las unidades ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, a fin de financiar el mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud, en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, producidos hasta la culminación de la referida ocurrencia determinada por el órgano competente. Dichas transferencias financieras se autorizan mediante Resolución Ministerial, y se publican en el diario oficial El Peruano.

Que, en el marco de lo establecido en el tercer párrafo del precitado artículo del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, el Despacho Ministerial ha establecido "Lineamientos para el Financiamiento de Acciones de Mantenimiento de la Infraestructura de los Establecimientos de Salud en el Marco del Decreto de Urgencia Nº 004-2017", para la correcta y oportuna aplicación del Decreto de Urgencia Nº 004-2017, en lo que corresponde al mantenimiento de establecimientos de salud;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud ha recibido solicitudes de financiamiento de los Gobiernos Regionales de Tumbes y Loreto para realizar acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud de zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados;

Que, por su parte, el artículo 16 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directora Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia financiera;

Que, conforme a lo señalado en el documento de Visto, resulta necesario autorizar transferencias financieras del Presupuesto Institucional del Pliego 011:

Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA
Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y
00/100 SOLES (S/ 6 799 736.00) a favor de los pliegos gobiernos regionales de Tumbes y Loreto, para financiar acciones de mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados;

Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y;

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA; el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, que aprueba medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; y, la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, y;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de SEIS
MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 6
799 736.00), a favor de los Pliegos Gobiernos Regionales de Tumbes y Loreto, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para financiar acciones mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados.

Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencia por Desastres, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5005978: Atención frente a lluvias y peligros asociados, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4:

Donaciones y Transferencias, para lo cual la Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017.

Artículo 5.- Información Los titulares de los pliegos comprendidos en la aplicación de la presente norma, deben elaborar y publicar en su portal institucional, un informe final sobre las acciones realizadas con cargo a los recursos transferidos en el marco de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Publicación Disponer que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el
Portal Institucional del Ministerio de Salud, en el enlace de documentos en consulta: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.aspfiop=115.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.