6/22/2017

DECRETO SUPREMO N° 013-2017-JUS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio

Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos DECRETO SUPREMO Nº 013-2017-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, define la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica; Que, asimismo, el artículo 5º de la Ley Nº 29809, Ley
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
DECRETO SUPREMO Nº 013-2017-JUS
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, define la naturaleza jurídica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y regula su ámbito de competencia, funciones, organización y estructura orgánica básica;

Que, asimismo, el artículo 5º de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tiene la finalidad de promover y difundir los derechos humanos, postulando políticas de acceso a la justicia, con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad. Asimismo, formula las políticas de defensa jurídica de los intereses del Estado y, en particular, contra los actos que afecten la probidad en el ejercicio de la función pública y vela por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, ética pública, seguridad jurídica y paz social;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, y sujeto a modificatorias aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 018-2011-JUS y Resolución Ministerial Nº 0013-2013-JUS;

Que, conforme al Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, y en concordancia con la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, que dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado será desarrollado de manera coordinada entre el Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, actualmente Secretaría de Gestión Pública, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que consta de cinco (05) títulos, diez (10) capítulos y ciento y un (101) artículos y un (01) anexo - Organigrama.

Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo es publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe), el mismo día de la publicación del presente Decreto Supremo.

Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Implementación del Reglamento de Organización y Funciones Facúltese al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que mediante Resolución Ministerial, emita las disposiciones necesarias para la adecuada implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el artículo 1º de presente Decreto Supremo.

Segunda.- Mención a Órganos y Unidades Orgánicas Para todo efecto, la mención a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que se efectúe en cualquier disposición o documento de gestión, deben entenderse referida a la nueva estructura y nomenclatura aprobada en el nuevo Reglamento de Organización y funciones, en lo que corresponda, considerando las funciones asignadas a cada órgano o unidad orgánica.

Tercera.- Vigencia de Funciones condicionadas a la aprobación de normas reglamentarias Las funciones a cargo de los órganos o unidades orgánicas otorgadas mediante normas sustantivas cuya vigencia está condicionada a su reglamentación se ejercen una vez que se apruebe la norma reglamentaria.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- Procuraduría General del Estado En tanto se emita el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, el Sistema de Defensa Jurídica del Estado continúa a cargo de las Procuradurías Públicas Especializadas Supranacional, en Materia Constitucional y en Delitos de Corrupción; una vez emitido y vigente dicho Reglamento, se entiende que todo el Sistema, se rige por los lineamientos que emita la Procuraduría General del Estado, quedando sin efecto el Decreto Legislativo Nº 1068 y su Reglamento.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
Única.- Derogación Deróguese el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y sus modificatorias, aprobadas mediante el Decreto Supremo Nº 018-2011-JUS y la Resolución Ministerial Nº 0013-2013-JUS.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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