6/22/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0148-2017-JUS Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de

Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0148-2017-JUS Lima, 16 de junio de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 1455-2017-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual adjunta el Informe Nº 042-2017-OGPP-ORA de la Oficina de Racionalización y el Informe Nº 692-2017-JUS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la
Aprueban el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0148-2017-JUS
Lima, 16 de junio de 2017
VISTOS, el Oficio Nº 1455-2017-JUS/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante el cual adjunta el Informe Nº 042-2017-OGPP-ORA de la Oficina de Racionalización y el Informe Nº 692-2017-JUS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2016-PCM, se aprueba la adscripción de organismos públicos y la modificación de la dependencia, adscripción o fusión de instancias de la Presidencia del Consejo de Ministros a diversos ministerios; aprobándose la fusión por absorción de la Comisión Nacional de Bienes Incautados - CONABI
en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, por Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, se crea el Programa Nacional de Bienes Incautados, en adelante PRONABI, con el objeto de recibir, registrar, calificar, custodiar, asegurar, conservar, administrar, asignar en uso, disponer la venta o arrendamiento en subasta pública y efectuar todo acto de disposición legalmente permitido de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias de delitos cometidos en agravio del Estado, a que se refiere el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1104, así como otros delitos que se cometan en agravio del Estado, contemplados en las normas ordinarias o especiales sobre la materia, con la finalidad de asegurar la ejecución de la consecuencia jurídico-patrimonial declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado en su condición de agraviado o parte civil;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones -ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, estableciéndose en el artículo 36 de dichos lineamientos, que los Programas y Proyectos deberán contar con un Manual de Operaciones, en el que se consignará por lo menos: i) la descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyecto; ii) Organización del programa o proyecto: organización, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, proceso de coordinación, desembolsos, según corresponda; y, iv) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación: supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final, el Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, dispone que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba el Manual de Operaciones del Programa, mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de treinta (30) días de entrada en vigencia el aludido Decreto Supremo;

Que, el literal r. del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, modificado por la Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, señala que es función del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, coordinar, orientar, supervisar y evaluar el Programa Nacional de Bienes Incautados -PRONABI;

Que, corresponde emitir el acto resolutivo que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI;

Con la visación de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Juridica, y;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
el Decreto Supremo Nº 011-2017-JUS, que crea el Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI
y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, el mismo que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, así como su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos

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