6/15/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2017-MEM/DM Establecen monto de inversión a cargo de EMPRESA

Establecen monto de inversión a cargo de EMPRESA ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A., para efecto del Reglamento del D. Leg. Nº 973 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2017-MEM/DM Lima, 12 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que
Establecen monto de inversión a cargo de EMPRESA ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A., para efecto del Reglamento del D. Leg. Nº 973
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2017-MEM/DM
Lima, 12 de junio de 2017
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato;

Que, con fecha 24 de octubre de 2014 EMPRESA
ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A. celebró en calidad de inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "Central Hidroeléctrica Potrero y la Línea de Transmisión 60 kV S.E. Potrero - S.E.

Aguas Calientes" (en adelante el Contrato de Inversión)
para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 550-2014-MEM/DM publicada el 22 de diciembre de 2014, se aprueba como empresa calificada a efecto del goce del régimen especial a EMPRESA ELÉCTRICA AGUA
AZUL S.A.; se establecen los requisitos y características del Contrato de Inversión y se aprueba la Lista de bienes, servicios y contratos de construcción señalados en el anexo del Contrato de Inversión;

Que, conforme al artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, éste puede ser modificado a través de Adendas;

Que, con fecha 02 de noviembre de 2016 EMPRESA
ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A. solicita ante la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, la suscripción de una Adenda al Contrato de Inversión con la finalidad de modificar el Cronograma de Inversiones por la ampliación del plazo de ejecución de la inversión;

Que, con fecha 31 de enero de 2017 se suscribe la Adenda de Modificación del Contrato de Inversión, por la cual se modifica el primer párrafo de la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión, con el objeto de ampliar el plazo de ejecución de la inversión de dos (02) años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días a un plazo de dos (02)
años, ocho (08) meses y veintisiete (27) días, contado a partir del 03 de julio de 2014;

Que, como consecuencia de la Adenda de modificación al Contrato de Inversión resulta necesario establecer el actual plazo de ejecución de la inversión a ser realizada por EMPRESA ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A.;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM;

Con el visto bueno del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de EMPRESA
ELÉCTRICA AGUA AZUL S.A. asciende a la suma de US$
36 771 865,00 (Treinta y Seis Millones Setecientos Setenta y Un Mil Ochocientos Sesenta y Cinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo total de dos (02) años, ocho (08) meses y veintisiete (27) días, contado a partir del 03 de julio de 2014.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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