6/26/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 273-2017-MEM/DM Aprueban la Segunda Actualización del Inventario de

Aprueban la Segunda Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2017-MEM/DM Lima, 22 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, norma la gestión de los Pasivos Ambientales en las actividades del Subsector Hidrocarburos con la finalidad de reducir o eliminar sus impactos negativos en la salud, en la población, en el ecosistema circundante y en la propiedad; Que,
Aprueban la Segunda Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2017-MEM/DM
Lima, 22 de junio de 2017
CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, norma la gestión de los Pasivos Ambientales en las actividades del Subsector Hidrocarburos con la finalidad de reducir o eliminar sus impactos negativos en la salud, en la población, en el ecosistema circundante y en la propiedad;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, establece que la clasificación, elaboración, actualización y registro del inventario de los referidos pasivos ambientales está a cargo del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el literal a. del numeral 6.1 del artículo 6 del Reglamento de la Ley que regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-EM, establece que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, tiene como obligaciones, clasificar, elaborar y actualizar por zonas geográficas, el Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 536-2014-MEM/DM, se aprueba el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, el cual consigna ciento cincuenta y seis (156) pasivos ambientales identificados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 013-2016-MEM/DM, se aprueba la Primera Actualización del Inventario Inicial de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, el cual consigna mil setecientos setenta (1770) pasivos ambientales identificados por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental;

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de la Ley que regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-EM, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental debe enviar con una periodicidad de tres (03) meses, un Informe que contenga información sobre los Pasivos Ambientales que vaya identificando de manera posterior a la publicación del Inventario Inicial. Con dicha información, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos actualizará el Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial, y se publicará en la Página Web del MINEM;

Que, mediante los Oficios Nº 161-2015-OEFA/DE de fecha 28 de agosto de 2015, Nº 250-2015-OEFA/DE de fecha 14 de diciembre de 2015, Nº 105-2016-OEFA/ DE de fecha 18 de marzo de 2016 , Oficio Circular Nº 29-2016-OEFA/DE de fecha 07 de julio de 2016, Oficio Circular Nº 047-2016-OEFA/DE de fecha 27 de setiembre de 2016 y Oficio Circular Nº 052-2016-OEFA/DE de fecha 28 de diciembre de 2016, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental remitió los Informes Nº 153-2015-OEFA/DE, Nº 175-2015-OEFA/DE, Nº 014-2016-OEFA/DE, Nº 037-2016-OEFA/DE, Nº 052-2016-OEFA/ DE y Nº 59-2016-OEFA/DE, "Informe trimestral para la actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos";

Que, mediante Informe Nº 739-2017-MEM-DGAAE/ DGAE, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos concluye que corresponde realizar la Segunda Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, a partir de la identificación realizada por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2011-EM;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29134, Ley que Regula los Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 004-2011-EM; y, el inciso h) del artículo 9 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APRUÉBESE la Segunda Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos, el mismo que consigna tres mil cuatrocientos cincuenta y siete (3457) pasivos ambientales, cifra ésta que incluye los previamente publicados mediante Resolución Ministerial Nº 536-2014-MEM/DM y Resolución Ministerial Nº 013-2016-MEM/DM.

Artículo 2.- PUBLÍQUESE la presente Resolución Ministerial y el Inventario que contiene la Segunda Actualización del Inventario de Pasivos Ambientales del Subsector Hidrocarburos en el portal web institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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