6/15/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 457-2017/MINSA Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Implementación de

Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad - RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2017/MINSA Lima, 13 de junio del 2017 Visto, los Expedientes Nº 17-017426-001 y 17-017426-002 que contienen el Memorándum Nº 926-2017-DGIESP/ MINSA, el Informe Nº 003-2017-DPCD-DGIESP/MINSA, el Memorándum Nº 1112-2017-DGIESP/MINSA, y el Memorándum Nº 2142-2017-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que,
Aprueban "Norma Técnica de Salud para la Implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad -
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 457-2017/MINSA
Lima, 13 de junio del 2017
Visto, los Expedientes Nº 17-017426-001 y 17-017426-002 que contienen el Memorándum Nº 926-2017-DGIESP/ MINSA, el Informe Nº 003-2017-DPCD-DGIESP/MINSA, el Memorándum Nº 1112-2017-DGIESP/MINSA, y el Memorándum Nº 2142-2017-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

CONSIDERANDO:

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas;

Que, el artículo 4 de la Ley precitada, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la acotada Ley, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno;
así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;

Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública entre otros, en materia de Prevención y Control de Discapacidad;

Que, asimismo, los literales a), b) y d) del artículo 64 del precitado Reglamento establecen como funciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la de coordinar, proponer y supervisar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños en materia de Prevención y Control de Discapacidad; proponer, evaluar y supervisar la implementación de políticas, normas, lineamientos y otros documentos normativos en materia de intervenciones estratégicas de Salud Pública; así como, proponer, conducir, supervisar y evaluar el planeamiento y/o modelo de las acciones de las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños a la salud, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Salud; así como con los gobiernos regionales;

Que, por Resolución Ministerial Nº 027-89-SA/DM, se aprobó el Programa Modelo de Rehabilitación Basada en la Comunidad para personas ciegas y con otros impedimentos - RBC, orientado a democratizar la salud, a través de una efectiva descentralización, la acción multisectorial, el desarrollo de tecnologías apropiadas y
la participación plena de la población para la prevención, detección y manejo de la invalidez en un nivel primario;

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus competencias ha elaborado el documento normativo "Norma Técnica de Salud para la Implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad - RBC", con la finalidad de contribuir a mejorar la calidad de vida de la persona con discapacidad o en riesgo de padecerla, sus familiares y cuidadores;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública;

Que, mediante el Informe Nº 221-2017-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica ha emitido opinión legal;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud;
y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la NTS Nº135-MINSA/2017/ DGIESP: "Norma Técnica de Salud para la Implementación de la Estrategia de Rehabilitación Basada en la Comunidad - RBC", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la presente Norma Técnica de Salud.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 027-89-SA/DM, que aprobó el Programa Modelo de Rehabilitación Basada en la Comunidad para personas ciegas y con otros impedimentos - RBC.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA
Ministra de Salud

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