6/24/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 875-2017 DE/MGP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 875-2017 DE/MGP Lima, 21 de junio de 2017 Vista, la Carta G.500-2877 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 13 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 232/17 de fecha 12 de abril de 2017, el Prefecto Mayor, Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, ha informado al Director de Asuntos Internacionales y Asuntos de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 875-2017 DE/MGP
Lima, 21 de junio de 2017
Vista, la Carta G.500-2877 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 13 de junio de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta Nº 232/17 de fecha 12 de abril de 2017, el Prefecto Mayor, Secretario en Asuntos Internacionales de la Prefectura Naval Argentina, ha informado al Director de Asuntos Internacionales y
Asuntos de la Organización Marítima Internacional (OMI) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el otorgamiento de UNA (1) vacante en el Curso de Inspectores de Agua de Lastre, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 7 de julio de 2017;

Que, con Oficio N.100-1146 de fecha 3 de mayo de 2017, el Director General de Capitanías y Guardacostas propone al Capitán de Corbeta Miguel Ángel FERNÁNDEZ
García, para que participe en el referido curso, lo que permitirá capacitar al personal guardacostas como inspectores para el cumplimiento de funciones en el área de control, supervisión del control y la gestión del agua de lastre, mediante el desarrollo de un conocimiento integral sobre los organismos perjudiciales y agentes patógenos del agua de lastre de los buques, en el marco de la normativa nacional e internacional;

Que, de acuerdo con el documento Nº 087-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Miguel Ángel FERNÁNDEZ García, CIP. 00909439, DNI. 09599187, para que participe en el Curso de Inspectores de Agua de Lastre, a realizarse en la Escuela Superior de la Prefectura Naval Argentina, ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 3 al 7 de julio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 2 y su retorno el 8 de julio de 2017.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima
US$. 1,224.12 US$. 1,224.12
Viáticos:

US$. 370.00 x 5 días US$. 1,850.00
-----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 3,074.12
Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 4.- El Oficial Superior designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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