6/16/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 113-2017-JUS Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenada de

Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenada de nacionalidad británica para que cumpla el resto de la condena en un centro penitenciario del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2017-JUS Lima, 14 de junio de 2017 VISTO; el Informe Nº 100-2017/COE-TC, del 29 de mayo de 2017 de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad británica AMANDA LAURA HARSTEIN; CONSIDERANDO: Que,
Acceden a solicitud de traslado pasivo de condenada de nacionalidad británica para que cumpla el resto de la condena en un centro penitenciario del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 113-2017-JUS
Lima, 14 de junio de 2017
VISTO; el Informe Nº 100-2017/COE-TC, del 29 de mayo de 2017 de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad británica
AMANDA LAURA HARSTEIN;

CONSIDERANDO:

Que, la condenada de nacionalidad británica AMANDA
LAURA HARSTEIN, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, solicita ser trasladada a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por la Primera Sala Penal Superior de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la salud pública-tráfico ilícito de drogas-forma agravada, en agravio del Estado peruano;

Que, conforme al numeral 2 del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas,
mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;

Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo;

Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante el Informe Nº 100-2017/COE-TC, del 29 de mayo de 2017, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad británica AMANDA LAURA HARSTEIN a un centro penitenciario del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte;

De conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la Transferencia de Condenados, suscrito el 07 de marzo de 2003 y vigente desde el 11 de setiembre de 2003;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo de la condenada de nacionalidad británica AMANDA LAURA
HARSTEIN, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa Encargado del despacho del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

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