6/30/2017

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 126-2017-JUS

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2017-JUS Lima, 28 de junio de 2017 VISTO; el Informe Nº 102-2017/COE-TC, del 02 de junio de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad italiana GIOVANNI ANTONIO ZARELLI; CONSIDERANDO: Que, el condenado de nacionalidad italiana GIOVANNI ANTONIO ZARELLI, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, solicita ser trasladado

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 126-2017-JUS
Lima, 28 de junio de 2017
VISTO; el Informe Nº 102-2017/COE-TC, del 02 de junio de 2017, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad italiana
GIOVANNI ANTONIO ZARELLI;

CONSIDERANDO:

Que, el condenado de nacionalidad italiana GIOVANNI ANTONIO ZARELLI, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, solicita ser trasladado a su país de origen para cumplir el resto de la condena impuesta por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Procesos Inmediatos de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia del Callao, por la comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado peruano;

Que, conforme al numeral 2 del artículo 540 del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Poder Ejecutivo decidir la solicitud de traslado activo o pasivo de personas condenadas, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas;

Que, el literal d) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la referida Comisión propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de traslado pasivo;

Que, en mérito a la regulación antes señalada, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, mediante el Informe Nº 102-2017/COE-TC, del 02 de junio de 2017, propone acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad italiana GIOVANNI ANTONIO ZARELLI a un centro penitenciario de la República Italiana;

De conformidad con el Tratado sobre Transferencia de Personas Condenadas y Menores bajo Tratamiento Especial entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Italiana, suscrito el 24 de noviembre de 1994 y vigente desde el 17 de agosto de 1999;

En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Acceder a la solicitud de traslado pasivo del condenado de nacionalidad italiana GIOVANNI
ANTONIO ZARELLI, quien se encuentra cumpliendo condena en el Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, para que cumpla el resto de la condena impuesta por las autoridades judiciales del Perú en un centro penitenciario de la República Italiana.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO
Ministra de Justicia y Derechos Humanos y Encargada del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores

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