6/24/2017

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 112-2017-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a material perteneciente al doctor Julio C. Tello, en el proceso de registro de trabajos de campo para el desenfardelamiento de momias de la cultura Paracas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 112-2017-VMPCIC-MC Lima, 22 de junio de 2017 VISTO, el Oficio Nº 217-2017-BNP/DN de fecha 15 de junio de 2017 de la Biblioteca Nacional del Perú, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos,
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a material perteneciente al doctor Julio C. Tello, en el proceso de registro de trabajos de campo para el desenfardelamiento de momias de la cultura Paracas
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 112-2017-VMPCIC-MC
Lima, 22 de junio de 2017
VISTO, el Oficio Nº 217-2017-BNP/DN de fecha 15 de junio de 2017 de la Biblioteca Nacional del Perú, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, en adelante LGPCN, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo;

Que, los artículos IV y VII de la LGPCN señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación los bienes materiales muebles, tales como los manuscritos raros, incunables, libros, documentos, fotos, negativos, daguerrotipos y publicaciones antiguas de interés especial por su valor histórico, artístico, científico o literario, entre otros;

Que, de conformidad con el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, asimismo, el literal a) del artículo 14 de la Ley Nº 29565, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, señala que el Centro de Servicios Bibliotecarios Especializados, es el órgano de línea responsable de dirigir, organizar, ejecutar y evaluar las acciones y programas de captación, rescate, registro, declaración, custodia, preservación, conservación y control del material documental bibliográfico que constituye Patrimonio Cultural de la Nación; así como de la investigación y valorización del mismo y de los servicios especializados en apoyo a la investigación científica;

Que, mediante Oficio Nº 217-2017-BNP/DN de fecha 15 de junio de 2017, el Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú remitió al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales las Fichas e Informes Técnicos que sustentan la propuesta de declaración de Patrimonio Cultural de la Nación del material bibliográfico documental perteneciente al doctor Julio C. Tello, en el proceso de registro de los trabajos de campo para el desenfardelamiento de tres (3) momias de la cultura Paracas, debido a su carácter de rareza, importancia histórica y científica;

Que, con el Informe Nº 055-2017-BNP/DT-BNP, el Informe Nº 122-2017-BNP/CSBE/DEPDB, las Fichas
Técnicas Nº 001-AJCT-2017, Nº 002-AJCT-2017, Nº 003-AJCT-2017 e Informes Técnicos Nº 004-2017, Nº 005-2017 y Nº 006-2017 se detalla el material bibliográfico documental perteneciente al doctor Julio C. T ello, respecto del proceso de registro de los trabajos de campo para el desenfardelamiento de tres (3) momias de la cultura Paracas, por lo que se concluye que estos bienes reúnen el mérito para que sean declarados como Patrimonio Cultural de la Nación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura;
en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; en el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al material bibliográfico documental perteneciente al doctor Julio C. Tello, en el proceso de registro de los trabajos de campo para el desenfardelamiento de tres (3)
momias de la cultura Paracas.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www. cultura.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE ERNESTO ARRUNATEGUI GADEA
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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