7/28/2017

DECRETO SUPREMO N° 221-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil DECRETO SUPREMO Nº 221-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 031: Jurado Nacional de
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
DECRETO SUPREMO Nº 221-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 031: Jurado Nacional de Elecciones, 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales y 033: Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 28 de marzo de 2017, se acordó solicitar al Presidente de la República convocar a Elecciones Municipales en quince (15) distritos del país, creados durante los años 2015 y 2016, a través de las Leyes Nºs. 30346, 30349, 30358, 30360, 30376, 30377, 30378, 30379, 30387, 30388, 30391, 30392, 30393, 30445 y 30455; asimismo, mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 04 de abril de 2017, se acordó ampliar los alcances del Acuerdo del 28 de marzo de 2017, e incorporar en el pedido a tres (3) distritos creados durante el año 2016, a través de las Leyes Nºs. 30457, 30481 y 30491;

Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 3 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, el Presidente de la República convoca a Elecciones Municipales con una anticipación no menor de doscientos cuarenta (240) días naturales a la fecha de las elecciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM, el Poder Ejecutivo convoca a Elecciones Municipales, para el día 10 de diciembre de 2017, con la finalidad de elegir Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales en dieciocho (18) distritos del país: Vizcatán del Ene en la provincia de Satipo del departamento de Junín;

Villa Kintiarina en la provincia de La Convención del departamento de Cusco; La Yarada-Los Palos en la provincia de Tacna del departamento de Tacna; La Morada en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco; Pucayacu en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; Castillo Grande en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco; Santa Rosa de Alto Yanajanca en la provincia de Marañón del departamento de Huánuco; San Pablo de Pillao en la provincia y departamento de Huánuco; Chaca en la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho;

Roble en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Pichos en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Rocchacc en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; El Porvenir en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; Santiago de Tucuma en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; Los Chankas en la provincia de Chincheros del departamento de Apurímac; Oronccoy en la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; Megantoni en la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y Santo Domingo de Anda, ubicado en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huánuco;

Que, mediante Oficio Nº 00496-2017-P/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones solicita recursos adicionales para que en el marco del Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM, se atiendan los costos que demande el proceso de Elecciones Municipales en dieciocho (18) distritos del país, adjuntando para dicho efecto los requerimientos de los organismos del Sistema Electoral;

Que, posteriormente, mediante Oficio Nº 00674-2017-P/JNE el Jurado Nacional de Elecciones comunica los saldos provenientes del proceso de Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, llevado a cabo el 11 de junio de 2017, y solicita que se autorice el uso de los saldos presupuestales de dicho proceso, al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, para ser destinados a los gastos del proceso de Elecciones Municipales 2017;

Que, a través del Oficio Nº 00677-2017-P/JNE el Jurado Nacional de Elecciones actualiza los montos solicitados para el proceso de Elecciones Municipales 2017, considerando la reformulación de la demanda de presupuesto por parte de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y el uso de saldos del proceso de Consulta Popular de Revocatoria de Autoridades Municipales 2017;

Que, las Elecciones Municipales 2017, a llevarse a cabo el 10 de diciembre de 2017, en dieciocho (18)
distritos del país, se determinaron de manera posterior a la Programación y Formulación del presupuesto para el Año Fiscal 2017, razón por la cual su financiamiento no fue previsto en los presupuestos institucionales de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones - JNE, Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC;

Que, los artículos 44 y 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF , establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma total de VEINTE
MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO
VEINTISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 20 732 127,00) a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, destinada al financiamiento de los conceptos indicados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los mencionados pliegos en el presente Año Fiscal;

Que, asimismo, se debe autorizar al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, a utilizar los saldos presupuestales derivados del Decreto Supremo Nº 063-2017-EF, a fin de que los mismos sean destinados a financiar el proceso de Elecciones Municipales 2017, a llevarse a cabo el 10 de diciembre de 2017;

De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES SETECIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CIENTO VEINTISIETE Y 00/100
SOLES (S/ 20 732 127,00), a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para financiar los gastos que demande la realización de las Elecciones Municipales 2017 en dieciocho (18)
distritos del país, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 20 732 127,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 20 732 127,00
===========
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 031 : Jurado Nacional de Elecciones UNIDAD EJECUTORA 001 : Jurado Nacional de Elecciones
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
En Soles ACTIVIDAD 5004886 : Procesos Electorales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 904 523,00
2.3 Bienes y Servicios 7 300 000,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 220 000,00
------------------- TOTAL PLIEGO 031 8 424 523,00
===========
PLIEGO 032 : Oficina Nacional de Procesos Electorales UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina Nacional de Procesos Electorales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0125 : "Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participación Política de la Ciudadanía"
ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Planificados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Persona y Obligaciones Sociales 510 000,00
2.3 Bienes y Servicios 6 821 767,00
------------------- TOTAL PLIEGO 032 7 331 767,00
===========
PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000841 : Gestión Electoral FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 4 975 837,00
-------------------- TOTAL PLIEGO 033 4 975 837,00
===========
TOTAL EGRESOS 20 732 127,00
===========
Artículo 2.- Autorización para la Utilización de Saldos Presupuestarios Autorízase a los pliegos Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE a utilizar los saldos presupuestales derivados del Decreto Supremo Nº 063-2017-EF, a fin de que los mismos sean destinados a financiar el proceso de Elecciones Municipales 2017, a realizarse el domingo 10 de diciembre de 2017, convocado a través del Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM.

Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto
Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas

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