7/12/2017

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 163-2017-SERFOR/DE Disponen la prepublicación de la propuesta

Disponen la prepublicación de la propuesta de "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable" en el portal institucional del SERFOR RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 163-2017-SERFOR/DE Lima, 10 de julio de 2017 VISTO: El Informe Técnico Nº 058-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de fecha 14 de junio de 2017, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y; CONSIDERANDO: Que,
Disponen la prepublicación de la propuesta de "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable" en el portal institucional del SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 163-2017-SERFOR/DE
Lima, 10 de julio de 2017
VISTO:

El Informe Técnico Nº 058-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR, de fecha 14 de junio de 2017, emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; asimismo, el artículo 14
establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, por otro lado, el artículo 127 de la Ley establece que el SERFOR desarrolla mecanismos transparentes para verificar el origen legal y la cadena de custodia de especies maderables, que incluyan los requerimientos para la supervisión del manejo y el mantenimiento de registros, con el fin de rastrear de manera confiable los especímenes desde la extracción hasta su transporte, procesamiento y exportación;

Que, el literal a) del artículo 171 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, y el literal a) del artículo 106 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, disponen, entre otros, que el Libro de Operaciones de los títulos habilitantes es el documento mediante el cual los titulares de los títulos habilitantes o el regente, de corresponder, registran obligatoriamente la información sobre la ejecución del plan de manejo;

Que, mediante Informe Técnico Nº 058-2017-SERFOR-DGPCFFS-DPR, la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre propone el "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable", recomendado disponer su prepublicación;

Que, resulta conveniente disponer la prepublicación de la propuesta de "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable", señalado en el considerando anterior, a fin de recabar comentarios y aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía en general y, particularmente, de todo usuario o ciudadano que tenga interés en el objeto de la referida propuesta, y;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI y el Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la prepublicación de la propuesta de "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable", que como Anexos 1 y 2 forma parte integrante de la presente Resolución, a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- Los comentarios y/o sugerencias a la propuesta de "Formato de Libro de Operaciones de los títulos habilitantes para aprovechamiento forestal maderable", deben remitirse de acuerdo al formato que como Anexo 3 forma parte de la presente resolución, y remitirse a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida 7 Nº 229, Rinconada Baja, La Molina, Lima; a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre y/o a la dirección electrónica serforpropone@serfor.gob.pe.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR recibir, procesar y sistematizar los comentarios y aportes que se presenten en el marco de lo señalado en la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en el artículo 1 en el Portal Institucional del SERFOR (http://www.serfor.gob.pe/ somos-serfor/lineamientos-para-consulta-publica).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOHN LEIGH VETTER
Director Ejecutivo (e)
Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

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