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RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 12-2017-SUNAT/5F0000 Modifican el Procedimiento General
7/12/2017
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 12-2017-SUNAT/5F0000 Modifican el Procedimiento General
Modifican el Procedimiento General "Vehículos para Turismo" DESPA-PG.16 (versión 3) RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 12-2017-SUNAT/5F0000 Callao, 7 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Intendencia Nacional Nº 08-2017-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento general "Vehículos para Turismo", DESPA-PG.16 (versión 3); Que durante el período de capacitación, inducción, difusión y pruebas operativas de la nueva normativa y funcionalidades informáticas en las principales aduanas, se
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL Nº 12-2017-SUNAT/5F0000
Callao, 7 de julio de 2017
CONSIDERANDO:
Que con Resolución de Intendencia Nacional Nº 08-2017-SUNAT/5F0000 se aprobó el procedimiento general "Vehículos para Turismo", DESPA-PG.16 (versión 3);
Que durante el período de capacitación, inducción, difusión y pruebas operativas de la nueva normativa y funcionalidades informáticas en las principales aduanas, se han identificado oportunidades de mejora con relación a las disposiciones relativas al archivo de documentos que repercuten en una mayor fl uidez del proceso de control de los vehículos, por lo que resulta necesario modificar el citado procedimiento;
Que conforme al numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N.º 001-2009-JUS, resulta innecesario pre publicar el presente proyecto, ya que únicamente se están simplificando las formalidades exigidas;
En mérito a lo dispuesto en el inciso c) del artículo 89 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado con Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y estando a la Resolución de Superintendencia Nº 172-2015/SUNAT.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del procedimiento general "Vehículos para Turismo", DESPA-PG.16 (versión 3)
Modifícase el numeral 6 del literal A.2, el numeral 3 del literal B.2 y el primer párrafo del inciso a) del numeral 2 del literal E.1 de la Sección VII del procedimiento general "Vehículos para Turismo", DESPA-PG.16 (versión 3)
conforme a los textos siguientes:
"VII. DESCRIPCIÓN
A) INGRESO TEMPORAL (...)
A.2 Con Certificado de Ingreso Temporal (...)
6. El funcionario aduanero firma y sella el Certificado y recaba la firma del beneficiario, y le devuelve un ejemplar junto con la documentación presentada, con lo cual queda autorizado el ingreso temporal del vehículo. El funcionario aduanero archiva copia simple o digitalizada de la documentación presentada para el control en caso el beneficiario no sea propietario del vehículo. (...)
B) SALIDA TEMPORAL (...)
B.2 Con Certificado de Salida Temporal (...)
3. El funcionario aduanero firma y sella el Certificado y recaba la firma del beneficiario, y le devuelve un ejemplar junto con la documentación presentada, con lo cual queda autorizada la salida temporal del vehículo. El funcionario aduanero archiva copia simple o digitalizada de la documentación presentada para el control en caso el beneficiario no sea propietario del vehículo. (...)
E) REGULARIZACION
E.1 Retiro o retorno del/al país (...)
2. El funcionario aduanero recibe la documentación, constata que los datos correspondan al beneficiario y al vehículo, y realiza el control físico vehicular.
a) De ser conforme, llena la información requerida en el talón correspondiente de la Libreta o Carnet de Pasos o en el Certificado, firma, sella y registra la información en
el Módulo de Control, con lo que se regulariza y concluye el régimen, luego devuelve al beneficiario los documentos presentados y la Libreta o Carnet de Pasos, y archiva el talón desglosado o el Certificado. (...)"
Artículo 2.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIA YSABEL FRASSINETTI YBARGÜEN
Intendente Nacional Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero Superintendencia Nacional Adjunta y Desarrollo Estratégico
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