7/14/2017

RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL N° 327-2016-GRA/GGR Rectifican artículo 1° de la Res. N°

Rectifican artículo 1º de la Res. Nº 286-2011-GRA/PR-GGR, sobre primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa (Se publica la presente resolución a solicitud del Gobierno Regional Arequipa, mediante Oficio Nº 655-2017-GRA/GGR, recibido el 12 de julio de 2017) RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 327-2016-GRA/GGR VISTO: El Informe Nº 959-2016-GRA/OOT emitido por la Oficina de Ordenamiento Territorial, por el cual pone en conocimiento
Rectifican artículo 1º de la Res. Nº 286-2011-GRA/PR-GGR, sobre primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa (Se publica la presente resolución a solicitud del Gobierno Regional Arequipa, mediante Oficio Nº 655-2017-GRA/GGR, recibido el 12 de julio de 2017)
RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 327-2016-GRA/GGR
VISTO:

El Informe Nº 959-2016-GRA/OOT emitido por la Oficina de Ordenamiento Territorial, por el cual pone en conocimiento la existencia de un error material en la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR de fecha 13 de Diciembre del 2011;

CONSIDERANDO:

Que, la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR de fecha 13 de Diciembre del 2011, se dispuso en su Artículo 1º: "Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado del terreno eriazos de dominio privado de 29.18 Has., ubicado el sector Jarampa distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma."
Que, a través del Informe Nº 959-2016-GRA/OOT la Oficina de Ordenamiento Territorial comunica que al haberse presentado el título con la documentación correspondiente ante las ante las Oficinas de la Superintendencia de Registros Públicos, Zona Registral Nº XII sede Arequipa ha sido observada mediante esquela de observación (Titulo Nº 2016-01038030).

Que, la oficina de catastros ha observado la inscripción señalando que: "el área del predio a evaluar deberá estar expresada en hectáreas y con aproximación de cuatro decimales e, el área declarada en la citada Resolucion y documentación técnica esta expresada solo en dos decimales" que según las nuevas directivas en materia de inmatriculación de terrenos eriazos las áreas deberán ser expresadas en hectáreas y con una aproximación de cuatro decimales.

Que de revisada la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR de fecha 13 de Diciembre del 2011, el área esta expresada en hectáreas pero solamente tiene una precisión de decimales (29.18
has) por lo cual deberá especificarse que el área es de 29.1869 Has., por lo que corresponde se efectué la rectificación de la resolución Gerencial señalada.

Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, el cual indica que:
"Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión..."
Que, en mérito a las consideraciones expuestas, en el presente caso no se altera lo sustancial de la Resolución Gerencial General Regional emitida, por lo que, resulta procedente rectificar el Artículo 1º de la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR, respecto precisión de decimales (29.18 has) por lo cual deberá especificarse área es de 29.1869 Has.

Estando al Informe Nº 1293-2016-GRA/ORAJ, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y de conformidad a lo previsto en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por Ley Nº 27902, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, y en uso de las facultades conferidas por Ley;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- RECTIFICAR el Artículo 1º de la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR de fecha 13 de Diciembre del 2011, quedando redactado de la siguiente manera:
"Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de domino a favor del Estado del terreno eriazos de dominio privado de 29.1869 Has., ubicado el sector Jarampa distrito de Chuquibamba, Provincia de Condesuyos, Departamento de Arequipa; conforme a los documentos técnicos que sustentan la presente resolución y que son parte integrante de la misma."
Por lo demás, se debe Ratificar la Resolución Gerencial General Regional Nº 286-2011-GRA/PR-GGR, en lo demás que contiene.

Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los cuatro (04) días del mes de octubre del Dos Mil Dieciséis.

Registrese y comuníquese.

JOSÉ LUIS RODRIGUEZ SILVA
Gerente General Regional

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