7/19/2017

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000188-2017-JN/ONPE Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año

Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017 Reprogramado, versión 01 de la ONPE RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000188-2017-JN/ONPE Lima, 18 de julio del 2017 VISTOS; el Informe Nº 000198-2017-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000102-2017-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000299-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Conforme lo señala el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado
Aprueban el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017 Reprogramado, versión 01 de la ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000188-2017-JN/ONPE
Lima, 18 de julio del 2017
VISTOS; el Informe Nº 000198-2017-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000102-2017-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000299-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Conforme lo señala el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, "Las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso";

De acuerdo a lo prescrito en el numeral 71.3 del artículo 71º del cuerpo normativo señalado precedentemente, los Planes Operativos Institucionales (POI) refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal, conteniendo los procesos a desarrollar para cumplir sus Metas; así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;

En ese contexto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales emitió la Resolución Jefatural Nº 000286-2016-J/ONPE, que aprueba el "Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017", el mismo que fue formulado en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", al igual que en la Directiva DI01-GPP/PLAN: "Formulación, Monitoreo, Reprogramación y Evaluación de los Planes Institucionales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales", Versión 02, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000275-2016-J/ONPE; al respecto la Directiva DI01-GPP/PLAN, establece en su numeral 7.2.4.1 incisos a) y b) lo siguiente:
a) Los casos en los que se reprograma el Plan Operativo Institucional:
i. Modificaciones de la estructura orgánica y/o estructura funcional y programática de la institución.
ii. Modificaciones presupuestarias, que incidan en la ejecución a nivel de actividades o metas presupuestarias del Plan Operativo Institucional inicialmente aprobado.
iii. Actualización del Plan Estratégico Institucional.
iv. Disposiciones emanadas por la Alta Dirección, que reorienten las prioridades, lineamientos u objetivos institucionales.
b) Las circunstancias para que los órganos puedan solicitar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (GPP), la inclusión, modificación y/o anulación de actividades operativas, tareas o metas físicas, las cuales se harán efectivas cuando se reprograme el POI por alguno de los casos dispuestos en los incisos i, ii, iii y iv del numeral 7.2.4.1;

De acuerdo a la normativa antes señalada, mediante el Informe de vistos de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, se propone la reprogramación del POI
antes referido, el mismo que ha recogido las propuestas de inclusión, modificación y/o anulación de actividades operativas, tareas o metas físicas por los diversos órganos de la Entidad y teniendo en cuenta las modificaciones presupuestarias e incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 032:

Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para el Año Fiscal 2017; precisándose que el referido Plan, considera los lineamientos establecidos en el Plan Estratégico Institucional 2014-2017 de la ONPE;

Mediante el Informe de vistos de la Gerencia General, se recomienda la aprobación del POI para el Año Fiscal 2017 Reprogramado, Versión 01, de acuerdo a lo propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;

Estando a lo dispuesto en el artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411; y en uso de las facultades conferidas por el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como por el literal s) y t) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Gerencia General, de la Secretaría General, así como de las Gerencias de
Asesoría Jurídica; y de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional para el Año Fiscal 2017 Reprogramado, Versión 01 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente resolución jefatural.

Artículo Segundo.- Establecer como responsabilidad de todos los órganos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales el cumplimiento del referido Plan, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente, quedando a cargo de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el seguimiento y evaluación correspondiente.

Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su anexo en el Portal Institucional www.onpe.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano, en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADOLFO CARLO MAGNO CASTILLO MEZA
Jefe Oficina Nacional de Procesos Electorales

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