7/22/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1005-2017 DE/SG Autorizan ingreso al territorio de la República de

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, Colombia, México e Italia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1005-2017 DE/SG Jesús María, 19 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. F- 369 y F-0372 del 11 de julio; F-0373 del 12 de julio; y, el 388 y 389, del 17 de julio de 2017, la Directora de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio nacional a cuarenta y uno (41) militares de la República
Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, Colombia, México e Italia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1005-2017 DE/SG
Jesús María, 19 de julio de 2017
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. F- 369 y F-0372 del 11 de julio; F-0373 del 12 de julio; y, el 388 y 389, del 17 de julio de 2017, la Directora de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio nacional a cuarenta y uno (41) militares de la República de Chile;
a noventa (90) militares de la República de Colombia;
a cincuenta y siete (57) militares de los Estados Unidos Mexicanos; y, a cuatro (04) militares de la República Italiana, sin armas de guerra;

Que, con Oficios Nº 5516, 5515, 5517 y 5518
CCFFAA/OPII, del 14 de julio de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, comunica la opinión favorable de dicho órgano ejecutor para el ingreso al país, sin armas de guerra, del personal militar de la República de Chile del 25 al 31 de julio de 2017; de la República de Colombia del 27 al 30 de julio de 2017; de los Estados Unidos Mexicanos del 25 al 30 de julio de 2017; y, de la República Italiana del 25 al 30 de julio de 2017, sin armas de guerra, con la finalidad de participar en el "Desfile de Conmemoración del 196º
Aniversario de la Independencia Nacional del Perú", a realizarse en la ciudad de Lima;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cuarenta y uno (41)
militares de la República de Chile, del 25 al 31 de julio de 2017; a noventa (90) militares de la República de Colombia, del 27 al 30 de julio de 2017; a cincuenta y siete (57) militares de los Estados Unidos Mexicanos, del 25 al 30 de julio de 2017; y, a cuatro (04), militares de la República Italiana, del 25 al 30 de julio de 2017, con la finalidad de participar en el "Desfile de Conmemoración del 196º Aniversario de la Independencia Nacional del Perú", a realizarse en la ciudad de Lima.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

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