7/14/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2017-MIDIS Aprueban la Directiva N° 007-2017-MIDIS, "Disposiciones

Aprueban la Directiva Nº 007-2017-MIDIS, "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2017-MIDIS Lima, 12 de julio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, emitido por la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional; el Informe Nº 63-2017-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM
Aprueban la Directiva Nº 007-2017-MIDIS, "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2017-MIDIS
Lima, 12 de julio de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, emitido por la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional; el Informe Nº 63-2017-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social, comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, tiene por objeto establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; a fin de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo;

Que, por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, el mismo que tiene por objeto establecer los procedimientos relacionados con la aplicación de las medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción;

Que, el numeral 2.1 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, establece que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas;

Que, el artículo 20 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, señala que la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional es la encargada de promover la transparencia, la ética pública y las políticas anticorrupción, así como de recibir y tramitar las denuncias realizadas por actos de corrupción;

Que, en el marco de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional, en el Informes Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, sustenta y propone la Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";

Que, asimismo, mediante Informes Nº 63-2017-MIDIS/ SG/OGPPM/OM y Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina de Modernización y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, respectivamente, emitieron opinión favorable sobre la propuesta de Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";

Que, atendiendo a lo expuesto y considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establecidas en las normas antes reseñadas, se considera pertinente aprobar la Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";

De conformidad con dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS; Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007-2017-MIDIS, denominada "Disposiciones Generales para la
Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS", cuyo texto, en Anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social difunda y haga de conocimiento la Directiva que se aprueba mediante la presente resolución, a los funcionarios, servidores civiles y personal en general que labora o presta servicios en la entidad; y, que, en coordinación con la Oficina General de Comunicación Estratégica y la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional, se publicite la citada Directiva en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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