7/11/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 247-2017-MINCETUR Modifican el Plan Anual de Promoción y Desarrollo

Modifican el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2017 de PROMPERU RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2017-MINCETUR Lima, 7 de julio de 2017 Visto, el Informe Nº 004-2017-MINCETUR/VMT/ VCMM y el Memorándum Nº 669-2017-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27889 se creó el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción
Modifican el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2017 de PROMPERU
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 247-2017-MINCETUR
Lima, 7 de julio de 2017
Visto, el Informe Nº 004-2017-MINCETUR/VMT/ VCMM y el Memorándum Nº 669-2017-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 27889 se creó el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; estableciendo que la administración de los recursos del Fondo estará a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, contándose con un Comité Especial, encargado de proponer al Ministerio el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional;

Que, el artículo 3 de la referida Ley, establece que el MINCETUR, debe aprobar mediante Resolución Ministerial, el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, a propuesta del Comité Especial al cual se refiere el artículo 4 de la misma ley, y en el que se indicará la participación y el aporte de los prestadores de servicios turísticos del sector privado;

Que, en concordancia con el artículo 4 y 6 del Reglamento de la Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR y sus modificatorias, el Comité Especial elabora la propuesta del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, y propone al MINCETUR
las modificaciones al Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional que correspondan, para el adecuado cumplimiento de los fines del Fondo;

Que, en la Sesión Ordinaria Nº 01-2017 del Comité Especial a que se refiere el considerando anterior, aprobó la modificación del Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico 2017, a cargo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÙ, que fuera aprobado inicialmente mediante Resolución Ministerial Nº 467-2016-MINCETUR, y aprobó el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 2018, a cargo de Plan COPESCO Nacional;

Que, en ese sentido, en cumplimiento del artículo 3 de la Ley antes referida, corresponde modificar el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico 2017, por parte de PROMPERU, y aprobar el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional 2018, a cargo de Plan COPESCO Nacional;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158
- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley Nº 27889 - Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2003-MINCETUR, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional para el año 2017, de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y Turismo - PROMPERU conforme a los términos señalados en el Anexo Nº 01, que en un (01) folio, visado y sellado forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar el Plan Anual de Promoción y Desarrollo Turístico Nacional del año 2018, de Plan COPESCO Nacional, conforme a los términos señalados en el Anexo 02, que en cuatro (04) folios, visados y sellados forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano"
y sus anexos en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

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