7/19/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 254-2017-EF/52 Aprueban el Contrato de Fideicomiso de Administración del

Aprueban el Contrato de Fideicomiso de Administración del FORPRO; así como las Adendas al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME, al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME y al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2017-EF/52 Lima, 18 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 008-2017, que dicta medidas complementarias
Aprueban el Contrato de Fideicomiso de Administración del FORPRO; así como las Adendas al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME, al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME y al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 254-2017-EF/52
Lima, 18 de julio de 2017
CONSIDERANDO:

Que, mediante el numeral 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 008-2017, que dicta medidas complementarias para la atención de emergencias generadas por el Fenómeno del Niño Costero y para la reactivación y fortalecimiento productivo de la Micro y Pequeña Empresa, se crea el Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE - FORPRO, con recursos no comprometidos que se transfieran del Fondo MIPYME, creado mediante la Ley Nº 30230; del Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, constituido por el Decreto de Urgencia Nº 050-2002; y del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM, creado por el Decreto de Urgencia Nº 024-2009;

Que, el artículo 14 del citado Decreto de Urgencia establece que la administración del FORPRO está a cargo de COFIDE, para lo cual el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público (DGETP), debe suscribir con dicha Corporación un convenio en el que se establezcan los términos y condiciones bajo los cuales administra dicho Fondo, a ser aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, mediante Carta CF-03554-2017/GIFD, COFIDE remite la versión consensuada del Contrato de Fideicomiso de Administración del FORPRO, el mismo que contiene los términos y condiciones bajo los cuales se administra el FORPRO;

Que, de otro lado, en el marco de lo dispuesto en los numerales 9.2 y 9.3 del artículo 9 del Decreto de Urgencia Nº 008-2017, se emitió la Resolución Ministerial Nº 239-2017-EF/52, que determina los montos de los recursos no comprometidos del Fondo MIPYME y del Fondo de Respaldo para la Pequeña y Mediana Empresa, que COFIDE debe transferir al FORPRO, de acuerdo a la instrucción del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGETP; así como el monto de los recursos no comprometidos del Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM, que COFIDE debe transferir al FORPRO, de acuerdo a la instrucción del Banco de la Nación;

Que, por su parte, el numeral 9.4 del artículo 9 del referido Decreto de Urgencia autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGETP, y al Banco de la Nación, a modificar los contratos de fideicomiso y de comisión de confianza suscritos con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A - COFIDE, para efectos de la transferencia de los fondos a favor del FORPRO, dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 239-2017-EF/52;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 180-2015-EF/15 se aprobó el Contrato de Fideicomiso suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la DGETP, y COFIDE, para la administración del Fondo
MIPYME;

Que, de otro lado, a través del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 458-2002-EF/10 se autorizó a la Dirección General de Crédito Público y a la Dirección General de Tesoro Público (ahora DGETP) a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Convenio de Comisión de Confianza con COFIDE
para la administración del Fondo de Respaldo para la PYME, constituido mediante el Decreto de Urgencia Nº 050-2002;

Que, por Resolución Ministerial Nº 553-2003-EF/10 se designó a la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales como ejecutor en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, de lo estipulado en el Convenio de Comisión de Confianza suscrito con COFIDE para la administración del Fondo de Respaldo para la PYME; así como para suscribir los acuerdos modificatorios del citado Convenio;

Que, a la fecha, conforme a la reestructuración de la organización del Ministerio de Economía y Finanzas, dispuesta por la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, las funciones relativas a las medidas de promoción de los mercados financieros han sido asumidas por la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado de este Ministerio; correspondiéndole a dicha Dirección General suscribir los acuerdos modificatorios con COFIDE para la administración del Fondo de Respaldo para la PYME;

Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 024-2009, el FOGEM es administrado en fideicomiso por COFIDE, en los términos y condiciones del Contrato de Fideicomiso suscrito con fecha 13 de abril de 2009, con el Banco de la Nación;

Que, con Memorando Nº 117-2017-EF/65.01 la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado de este Ministerio remite las Adendas al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME, al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME y al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM", las mismas que han sido previamente consensuadas con
COFIDE;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Contrato de Fideicomiso de Administración del FORPRO;
así como las Adendas al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME, al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME y al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM";

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, y sus modificatorias; el numeral 9.4 del artículo 9 y el artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 008-2017, que dicta medidas complementarias para la atención de emergencias generadas por el Fenómeno del Niño Costero para la reactivación y fortalecimiento productivo de la Micro y Pequeña Empresa;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Contrato de Fideicomiso de Administración del FORPRO
1.1 Apruébese el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE - FORPRO a ser suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A - COFIDE, por el cual se establecen los términos y condiciones para la administración del Patrimonio Fideicometido del citado Fondo.

1.2 Autorízase a la Directora General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo para el Fortalecimiento Productivo de las MYPE -
FORPRO, así como a suscribir toda documentación que resulte necesaria para su implementación.

Artículo 2.- Aprobación de las adendas al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME, al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME
y al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM"
2.1 Aprobar la Adenda Nº 1 al Contrato de Fideicomiso de Administración del Fondo MIPYME a ser suscrita por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A - COFIDE.

2.2 Aprobar la Quinta Adenda al Convenio de Comisión de Confianza para la Administración del Fondo de Respaldo para la PYME a ser suscrita por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A - COFIDE.

2.3 Aprobar la Adenda Nº 2 al Contrato de Fideicomiso "Fondo de Garantía Empresarial - FOGEM" a ser suscrita por el Banco de la Nación y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A - COFIDE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.