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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 310-2017-MEM/DM Autorizan la publicación en el portal institucional de
7/25/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 310-2017-MEM/DM Autorizan la publicación en el portal institucional de
Autorizan la publicación en el portal institucional de proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2017-MEM/DM Lima, 24 de julio de 2017 VISTO: El Informe Nº 90-2017-MEM/DGAAE/DNAE, de fecha 19 de julio de 2017, emitido por la Dirección de Normativa en Asuntos Ambientales Energéticos, y con la conformidad otorgada por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 310-2017-MEM/DM
Lima, 24 de julio de 2017
VISTO: El Informe Nº 90-2017-MEM/DGAAE/DNAE, de fecha 19 de julio de 2017, emitido por la Dirección de Normativa en Asuntos Ambientales Energéticos, y con la conformidad otorgada por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de proponer, elaborar, aprobar y aplicar la política del Sector, así como dictar las demás normas pertinentes;
Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión. Asimismo, la citada Ley establece un proceso uniforme que comprende los requerimientos, etapas y alcances de la evaluación del impacto ambiental así como los mecanismos que aseguren la participación ciudadana en el proceso de tal evaluación, ordenando la adecuación de la normativa sectorial a lo dispuesto en la indicada Ley;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual tiene por objeto lograr la efectiva identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversión, así como de políticas, planes y programas públicos, a través del establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, ordenando la actualización de la normativa sectorial a lo dispuesto en el citado Reglamento;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2014-EM se aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, dispositivo que tiene por objeto normar la protección y gestión ambiental de las Actividades de Hidrocarburos con el fin primordial de prevenir, minimizar, rehabilitar, remediar y compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades para promover el desarrollo sostenible;
Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos sustenta la necesidad de modificar el Decreto Supremo Nº 039-2014-EM para adecuar el marco normativo sectorial en función a las necesidades requeridas por el Subsector Hidrocarburos a efectos de promover las inversiones en las actividades de hidrocarburos y mantener las relaciones armoniosas entre las inversiones económicas, la población y el ambiente;
Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios y sugerencias de los interesados;
Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de quince días hábiles para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias;
De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y su exposición de motivos.
Artículo 2.- Establecer un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, sito en Avenida de Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaae@minem.gob.pe.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Asimismo, publíquese en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y su Exposición de Motivos, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas
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