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RESOLUCIÓN N° 0263-2017-JNE Modifican la Res. N° 0162-2017-JNE en el extremo que fija la sede del
7/13/2017
RESOLUCIÓN N° 0263-2017-JNE Modifican la Res. N° 0162-2017-JNE en el extremo que fija la sede del
Modifican la Res. Nº 0162-2017-JNE en el extremo que fija la sede del Jurado Electoral Especial de Lima, correspondiente al proceso de Elecciones Municipales diciembre 2017 RESOLUCIÓN Nº 0263-2017-JNE Lima, once de julio de dos mil diecisiete VISTO el Memorando Nº 722-2017-DGRS/JNE, remitido el 6 de julio de 2017, por la directora de la Dirección General de Recursos y Servicios del Jurado Nacional de Elecciones, sobre modificación del artículo sétimo de la Resolución Nº 0162-2017-JNE, de fecha 25 de abril de
RESOLUCIÓN Nº 0263-2017-JNE
Lima, once de julio de dos mil diecisiete VISTO el Memorando Nº 722-2017-DGRS/JNE, remitido el 6 de julio de 2017, por la directora de la Dirección General de Recursos y Servicios del Jurado Nacional de Elecciones, sobre modificación del artículo sétimo de la Resolución Nº 0162-2017-JNE, de fecha 25 de abril de 2017, en el punto referido a la sede del Jurado Electoral Especial de Lima del proceso de Elecciones Municipales diciembre 2017.
CONSIDERANDOS
1. Mediante Decreto Supremo Nº 044-2017-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 11 de abril de 2017, se convocó a Elecciones Municipales para el domingo 10 de diciembre de 2017, con la finalidad de que los ciudadanos de dieciocho distritos creados en los años 2015 y 2016 elijan alcaldes y regidores de estas circunscripciones.
2. Una vez convocado dicho proceso electoral, este máximo organismo emitió la Resolución Nº 0162-2017-JNE, de fecha 25 de abril de 2017, a través de la cual se dictaron disposiciones para el desarrollo de los comicios, entre las cuales, en su artículo sétimo, se definieron los Jurados Electorales Especiales correspondientes al citado proceso electoral y sus respectivas sedes, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 32 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, disponiéndose la conformación e instalación de uno denominado Jurado Electoral Especial de Lima, con sede en el distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima.
3. Mediante el Memorando Nº 722-2017-DGRS/JNE, la directora de la Dirección General de Recursos y Servicios del Jurado Nacional de Elecciones, informa que el local de la sede central del Jurado Nacional de Elecciones, ubicado en el distrito de Lima (cercado), cuenta con suficiente espacio físico, mobiliario y equipos para albergar al Jurado Electoral Especial de Lima, por lo que solicita que se disponga el cambio de sede de dicho órgano temporal, del distrito de Jesús María al distrito de Lima (cercado).
4. En vista de ello, teniendo en cuenta que la medida solicitada permitirá racionalizar los recursos financieros asignados para el proceso electoral a través del uso de bienes con los que ya cuenta la institución, lo que supone mayor eficiencia en la gestión del proceso electoral, y, principalmente, garantizando que la implementación de este cambio de sede no afectará el desarrollo de las actividades del Jurado Electoral Especial de Lima, ni ocasionará menoscabo en su autonomía en el ejercicio de la función jurisdiccional, este colegiado estima procedente redefinir la sede del citado órgano electoral temporal y fijarla en el distrito de Lima (cercado), de la provincia y departamento de Lima.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo sétimo de la Resolución Nº 0162-2017-JNE, de fecha 25 de abril de 2017, en el extremo que fija la sede del Jurado Electoral Especial de Lima, correspondiente al proceso de Elecciones Municipales diciembre 2017, en el distrito de Jesús María y DEFINIR como nueva sede de dicho órgano electoral al distrito de Lima (cercado), provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Corte Superior de Justicia de Lima, de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines que se estime pertinentes.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TICONA POSTIGO
ARCE CÓRDOVA
CHANAMÉ ORBE
CHÁVARRY CORREA
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Marallano Muro Secretaria General
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