7/13/2017

RESOLUCIÓN N° R-0705-2017-UNSAAC Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional de San

Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en el VI Simposio Latinoamericano de Física y Química en Arqueología, Arte y Conservación del Patrimonio Cultural, a realizarse en Bolivia UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-0705-2017-UNSAAC Cusco, 27 de junio de 2017 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Oficio Nº 337-VRIN-2017-UNSAAC, registrado con los Expedientes Nros. 716486 y 716485 cursado
Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en el VI Simposio Latinoamericano de Física y Química en Arqueología, Arte y Conservación del Patrimonio Cultural, a realizarse en Bolivia UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
RESOLUCIÓN Nº R-0705-2017-UNSAAC
Cusco, 27 de junio de 2017
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
VISTO, el Oficio Nº 337-VRIN-2017-UNSAAC, registrado con los Expedientes Nros. 716486 y 716485
cursado por el Dr. GILBERT ALAGÓN HUALLPA, Vicerrector de Investigación, solicitando Licencia con Goce de Haber, a favor de docentes que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expedientes de Visto, el Vicerrector de Investigación de la Institución, hace de conocimiento que el Lic. MARCO ANTONIO ZAMALLOA JARA, Responsable del Proyecto de Investigación con fondos canon "Estudio de Pigmentos en Cerámica Inca usando Técnicas de Espectroscopía Óptica Inducida por Láser -Epicentro", comunica que ha recibido una cordial invitación, para presentar resultados del Proyecto de Investigación en el VI Simposio Latinoamericano de Física y Química en Arqueología, Arte y Conservación del Patrimonio Cultural-LASMAC-2017, Simposio a llevarse a cabo del 10 al 14 de julio de 2017 en la Universidad Mayor de San Andrés de La Paz - Bolivia;

Que, por tal motivo, solicita se otorgue Licencia con goce de haber, del 10 al 14 de julio de 2017 a favor del Lic. MARCO ANTONIO ZAMALLOA JARA y Dra. CELINA
LUIZAR OBREGÓN, responsable e integrante del referido Proyecto de Investigación así como se les otorgue pasajes aéreos Cusco-La Paz-Cusco, Inscripción al evento y viáticos internacionales por tres (03) días;

Que, con Oficio Nº 040-2017-DAF-UNSAAC, la Directora (e) del Departamento Académico de Física, hace de conocimiento que no hubo quórum correspondiente para la reunión convocada, siendo política del Departamento Académico de Física, apoyar permanentemente la capacitación de sus docentes y la asistencia a eventos científicos para mejorar la calidad de la investigación y enseñanza, por tanto opina favorablemente con cargo a dar cuenta a la Junta de Profesores, a fin de que el mencionado profesor participe como expositor en el VI SIMPOSIO LATINOAMERICANO
DE FÍSICA Y QUÍMICA EN ARQUEOLOGÍA, ARTE
Y CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL (LASMAC-2017) a desarrollarse del 10 al 14 de julio en la República de Bolivia;

Que, asimismo con Proveído Nº 016-2017-DAQ/ FC-UNSAAC, el Director del Departamento Académico de Química manifiesta que en Sesión Ordinaria del día 19 de mayo de 2017 se aprobó por unanimidad otorgar licencia a la Dra. CELINA LUIZAR OBREGÓN, y el apoyo económico consistente en pasajes aéreos y viáticos, a fin de que pueda asistir al simposio antes indicado;

Que, al respecto con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1511-2017 y de conformidad al Art.

13º de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01; Directiva de Ejecución Presupuestal y demás disposiciones legales aplicables a la gestión presupuestaria es atendible la petición de acuerdo al detalle que se registra en la parte resolutiva de la presente Resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, es vigente la Ley de Presupuesto Nº 30518;
especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nº 27619, reglamento por el D.S. Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la UNSAAC, asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje;

Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la Resolución correspondiente;

Estando a lo solicitado, de conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 30518 Ley del Presupuesto del Año Fiscal 2017, y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA con goce de haber a favor de los señores docentes de la Facultad de Ciencias: Lic.

MARCO ANTONIO ZAMALLOA JARA, Profesor Asociado a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Física y Responsable del Proyecto de Investigación con fondos canon "Estudio de Pigmentos en Cerámica Inca usando Técnicas de Espectroscopía Óptica Inducida por Láser -Epicentro", así como a la Dra. CELINA LUIZAR OBREGÓN, Profesora Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Química e integrante del referido Proyecto de Investigación a partir del 10 de julio de 2017 y por el término de cinco (05) días quienes se constituirán en la ciudad La Paz, República de Bolivia para participar como expositores en el VI Simposio Latinoamericano de Física y Química en Arqueología, Arte y Conservación del Patrimonio Cultural, organizado por la Universidad Mayor de San Andrés.

Segundo.- DISPONER que la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN otorgue a favor de los beneficiarios como sigue:

LIC. MARCO ANTONIO ZAMALLOA JARA, - Pasajes vía aérea Cusco-La Paz-Cusco.
- Viáticos Internacionales por tres (03) días en el importe de US$. 200.00 dólares americanos día, al cambio en moneda nacional.
- Inscripción al Simposio $. 200.00 dólares americanos al cambio en moneda nacional.

DRA. CELINA LUIZAR OBREGON, - Pasajes vía aérea Cusco-La Paz-Cusco.
- Viáticos Internacionales por tres (03) días en el importe de US$. 200.00 dólares americanos día, al cambio de moneda nacional.
- Inscripción al curso $. 200.00 dólares americanos, al cambio en moneda nacional.

Tercero.- EL EGRESO se atenderá con cargo a:

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" de conformidad con lo establecido en el Art.

3º de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los docentes beneficiarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe con los comprobantes de pago que constituye la sustentación del gasto de su participación en dicho Simposio, en el término de quince (15) días calendario, computados desde el día siguiente de retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº CU-348-2016-UNSAAC
y Art. 10º del D.S. Nº 047-2002-PCM. Para cuyo efecto presentarán los Formatos Nºs. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que como anexo forma parte de la presente Resolución solo para los beneficiarios; asimismo deberán presentar el informe correspondiente y material de trabajo ante el Vicerrectorado de Investigación y Rectorado de la Institución, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de T alento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN
DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR
COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL
PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-348-2016-UNSAAC.

La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

BALTAZAR NICOLÁS CÁCERES HUAMBO
Rector

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