8/29/2017

DECRETO SUPREMO N° 024-2017-EM Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Explotación

Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX DECRETO SUPREMO Nº 024-2017-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio
Aprueban modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX
DECRETO SUPREMO Nº 024-2017-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, es política del Estado Peruano promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, sobre la base de la libre competencia;

Que, mediante el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 014-2015-EM, se aprobó el Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX, ubicado en el Distrito de Pariñas, de la Provincia de Talara, en el Departamento de Piura, suscrito entre PERUPETRO S.A. y UNIPETRO
ABC S.A.C.;

Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece que los Contratos, una vez aprobados y suscritos, sólo podrán ser modificados por acuerdo escrito entre las partes; agrega que, las modificaciones serán aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de Energía y Minas, dentro del plazo establecido en el artículo 11 del referido Texto Único Ordenado;

Que, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio Nº 037-2017, de fecha 07 de junio de 2017, aprobó el proyecto de modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX, con el objeto de refl ejar la modificación del Acápite 5.10 de la Cláusula Quinta del Contrato; elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo
Nº 042-2005-EM;

DECRETA:

Artículo 1.- Aprobación de la modificación del Contrato Aprobar la modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2015-EM, con el objeto de refl ejar la modificación del Acápite 5.10 de la Cláusula Quinta del Contrato.

Artículo 2.- Autorización para suscribir la modificación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa UNIPETRO ABC S.A.C. la modificación del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos en el Lote IX, que se aprueba en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.

Artículo 3.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Energía y Minas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
CAYETANA ALJOVIN GAZZANI
Ministra de Energía y Minas

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