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RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA N° 165-2017-IMARPE/DEC Aprueban Plan Operativo
8/24/2017
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA N° 165-2017-IMARPE/DEC Aprueban Plan Operativo
Aprueban Plan Operativo Institucional (POI) del Instituto del Mar del Perú para el Año Fiscal 2018 RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 165-2017-IMARPE/DEC Callao, 18 de agosto del 2017 VISTO: El Memorándum Nº 116-2017-IMARPE/SG de fecha 10 de agosto del 2017, el Memorándum Nº 438-2017-IMARPE/OGPP de fecha 17 de agosto de 2017 y la Certificación Nº 057-2017- CD/O de fecha 14 de agosto del 2017 CONSIDERANDO: Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7º del
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA CIENTÍFICA Nº 165-2017-IMARPE/DEC
Callao, 18 de agosto del 2017
VISTO:
El Memorándum Nº 116-2017-IMARPE/SG de fecha 10 de agosto del 2017, el Memorándum Nº 438-2017-IMARPE/OGPP de fecha 17 de agosto de 2017
y la Certificación Nº 057-2017- CD/O de fecha 14 de agosto del 2017
CONSIDERANDO:
Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de lograr que los objetivos y las metas establecidos en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se refl ejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI)
el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN);
Que, el numeral 71.3 del artículo 71º de la norma citada, establece que los Planes Operativos Institucionales refl ejan las metas presupuestarias que se espera alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las metas presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica;
Que, la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD
"Directiva para la actualización del Plan Estratégico de
Desarrollo Nacional" establece los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua, señalando que se implementará progresivamente en las Entidades de la Administración Pública, conforme al ciclo de planeamiento estratégico y los lineamientos que difundirá el CEPLAN;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 354-2017- PRODUCE, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2021 del Sector Producción, el cual constituye el instrumento de planeamiento estratégico de mediano plazo; señalando en su artículo 3º disponer que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la elaboración y/o adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales y Planes Operativos Institucionales al
PESEM 2017 - 2021;
Que, con el objeto de cumplir con lo dispuesto en las precitadas disposiciones legales y teniendo en cuenta que se ha culminado con los trabajos de coordinación entre los representante de las distintas Direcciones Generales, Oficinas Administrativas y Áreas Funcionales de la entidad, la entidad ha formulado el "Plan Operativo Institucional (POI) del Instituto del Mar del Perú para el Año Fiscal 2018", lo que ha sido elaborado considerando los Objetivos Estratégicos del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) y los Objetivos Estratégicos Institucionales del Plan Estratégico Institucional (PEI)
vigente, documento de gestión que contiene las actividades a desarrollar y tareas necesarias para cumplir con las metas establecidas para el año próximo las cuales se encuentran articuladas con los objetivos estratégicos y el Presupuesto Institucional;
Que, el Consejo Directivo del Imarpe mediante Acuerdo Nº 057-2017-CD/O adoptado en la Undécima Sesión Ordinaria de fecha 14 de agosto de 2017, autorizó y aprobó el Plan Operativo Institucional Año 2018 del Instituto del Mar del Perú - Imarpe, disponiendo poner en conocimiento del referido acuerdo a los organismos competentes;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 298-2017-IMARPE/OGAJ opina que resulta jurídicamente viable aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) del Instituto del Imarpe para el Año Fiscal 2018, en cumplimiento con lo establecido en el numeral 71.1 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y la Directiva Nº 001- 2017 - CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional";
De conformidad con los establecido en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional";
Con la visación de la Secretaría General, Oficina General Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) del Instituto del Mar del Perú para el Año Fiscal 2018, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El Plan Operativo Institucional 2018 del Instituto del Mar del Perú, podrá ser modificado y/o reformulado durante el proceso de su ejecución a propuesta de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto Artículo 3º.- Las Direcciones Generales, Oficinas Generales y Áreas Funcionales del Imarpe, son responsables del cumplimiento de las metas, actividades y tareas contenidos en el Plan Operativo Institucional 2018, así como el registro de sus avances Físicos y Presupuestales debiendo informar trimestralmente a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sobre su cumplimiento, para los fines de evaluación.
Artículo 4º.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto efectuará la supervisión y seguimiento del cumplimiento del Plan Operativo Institucional 2018 del Instituto del Mar del Perú.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Instituto del Mar del Perú (www.imarpe.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese,
RENATO C. GUEVARA CARRASCO
Director Ejecutivo Científico
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