8/01/2017

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 064-2017-SMV/02 Autorizan el funcionamiento de Blanco Sociedad

Autorizan el funcionamiento de Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. como sociedad administradora de fondos de inversión RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 064-2017-SMV/02 Lima, 24 de julio de 2017 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente Nº 2016046277, así como el Informe Nº 710-2017-SMV/10.2 de 21 de julio de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia
Autorizan el funcionamiento de Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. como sociedad administradora de fondos de inversión
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 064-2017-SMV/02
Lima, 24 de julio de 2017
LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTOS:

El Expediente Nº 2016046277, así como el Informe Nº 710-2017-SMV/10.2 de 21 de julio de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 066-2017-SMV/10.2 del 23 de mayo de 2017, se otorgó a la señora María Luisa Aguirre Salazar, Grupo Consultores Financieros Asociados S.A.C. y a los señores Oscar Ricardo Bernales Parodi, Ricardo José Noriega Bentín y Alejandro Castro-Mendívil Quevedo, la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C., que también podrá utilizar la denominación abreviada Blanco SAFI S.A.C.;

Que, la señora María Luisa Aguirre Salazar, en calidad de representante, solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento de Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. para actuar como una sociedad administradora de fondos de inversión;

Que, el artículo 18º del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución SMV Nº 029-2014-SMV/01, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para obtener la autorización de funcionamiento de una sociedad administradora de fondos de inversión;

Que, a efectos de verificar que Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida sociedad el 28 de abril de 2017;

Que, de la evaluación de la documentación presentada por Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C. y de la visita de inspección efectuada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos de inversión; y, Estando a lo establecido por el artículo 3º, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley Nº 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el artículo 12º numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF;

RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C.
como sociedad administradora de fondos de inversión.

Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A.C.
en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 3º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe).

Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Blanco Sociedad Administradora de Fondos de Inversión
S.A.C.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.