8/23/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0332-2017-MINAGRI Apueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial

Apueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBL T) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0332-2017-MINAGRI Lima, 21 de agosto de 2017 VISTO: El Oficio Nº 1685-2016-MINAGRI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre aprobación de la propuesta de Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBLT; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-87-MIPRE y el Decreto Supremo
Apueban Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBL T)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0332-2017-MINAGRI
Lima, 21 de agosto de 2017
VISTO:

El Oficio Nº 1685-2016-MINAGRI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre aprobación de la propuesta de Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBLT; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-87-MIPRE
y el Decreto Supremo Nº 008-90-RE, se creó y calificó como binacional, respectivamente, al Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, adscrito al ahora Ministerio de Agricultura y Riego, a fin de encargarse del estudio, manejo y aprovechamiento integrado de los recursos del Lago Titicaca;

Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 030-2008-AG se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, del que dependía el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, al entonces Ministerio de Agricultura, hoy Ministerio de Agricultura y Riego, siendo este último el ente absorbente; por consiguiente, el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca corresponde a la Unidad Ejecutora 017 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura y Riego;

Que, el artículo 4 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que la definición de las funciones y la estructura orgánica de los Programas y Proyectos se aprueba mediante un Manual de Operaciones, cuyo contenido mínimo está señalado en el artículo 36 de los referidos Lineamientos;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG se dictan disposiciones para la aprobación de Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, precisando que dichos documentos de gestión institucional serán aprobados mediante Resolución Ministerial, previa opinión favorable de la entonces Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ahora Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y debiendo considerarse los criterios establecidos en los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo Nº 043
- 2006-PCM;

Que, con el Oficio Nº 0061-2017-MINAGRI-PEBLT/ DE, de fecha 27 de enero de 2017, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBLT
remite para su aprobación la propuesta del Manual de Operaciones de dicho Proyecto Especial;

Que, mediante Informe Técnico Nº 028-2017-MINAGRI-SG-OGPP/ODOM, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, indicando que cumple con las características y requisitos de la Resolución Ministerial Nº 302-2011-AG y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;

Que, el Manual de Operaciones permitirá al Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT) contar con un instrumento de gestión actual alineado al Sector, en el cual
se establece su estructura orgánica, objetivos, funciones, procesos, entre otros; orientado al cumplimiento de sus objetivos, destinados a formular y ejecutar actividades y proyectos de inversión pública, para elevar el nivel de vida y el proceso de desarrollo en su ámbito de intervención, en el marco de la Política Nacional Agraria aprobada por el Decreto Supremo Nº 002-2016-MINAGRI;

Que, la propuesta del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBL T) está elaborada bajo el esquema establecido en la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG, sobre aprobación de los Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que corresponde ser aprobada, debiendo derogarse la Resolución Jefatural Nº 007-2004-INADE-1100, la misma que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del mencionado Proyecto Especial;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT)
Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT), el mismo que consta de cinco (5) Títulos, veintiún (21) artículos y un (01) Anexo, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Derogatoria Derogar la Resolución Jefatural Nº 007-2004-INADE-1 100.

Artículo 3º.- Medidas Complementarias Dentro del plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (PEBLT), presentará a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINAGRI la propuesta de su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) y, en tanto se apruebe, podrá adoptar las medidas transitorias necesarias que se requieran, para asegurar la adecuada implementación de todas las funciones establecidas en el referido Manual de Operaciones.

Artículo 4º.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca que forma parte integrante de la misma, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal Institucional del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca (www.peblt. gob.pe), el mismo día de la publicación de la mencionada Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON
Ministro de Agricultura y Riego

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