8/11/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1098-2017 DE/MGP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1098-2017 DE/MGP Lima, 9 de agosto de 2017 Vista, la Carta G.500-3805 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 7 de agosto de 2017; CONSIDERANDO: Que, en el Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana entre las delegaciones del Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Defensa del Reino de España, realizada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 25 al 27 de octubre de 2016, en el ítem ES: 17 de la Propuesta

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1098-2017 DE/MGP
Lima, 9 de agosto de 2017
Vista, la Carta G.500-3805 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 7 de agosto de 2017;

CONSIDERANDO:

Que, en el Acta de la VII Reunión de la Comisión Mixta de Defensa Hispano-Peruana entre las delegaciones del Ministerio de Defensa de la República del Perú y el Ministerio de Defensa del Reino de España, realizada en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 25 al 27 de octubre de 2016, en el ítem ES: 17 de la Propuesta de Plan de Cooperación Bilateral Hispano-Peruano 2017-18, se ha considerado la incorporación de UN (1) Cadete Peruano a la Escuela Naval Militar de dicho país para el año 2017, cuya actividad ha sido aceptada mediante Carta V.400-2889 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 13 de junio de 2017;

Que, con Carta V.400-3213 de fecha 3 de julio de 2017, el Secretario del Comandante General de la Marina, ha comunicado al Agregado de Defensa a la Embajada del Reino de España en el Perú, la participación del Cadete de Primer Año Jhoseph Alessandro ANTEZANA
Coronado, en el Curso de Formación en la Escuela Naval Militar del Reino de España;

Que, con relación a la referida acta, mediante Oficio V.1000-131 de fecha 4 de agosto de 2017, el Agregado de Defensa Naval a la Embajada del Perú en el Reino de España, ha informado al Comandante General de la Marina, que el mencionado Cadete, ha sido aceptado por el Ministerio de Defensa de España, para que participe en el ciclo completo de estudios del referido Curso de Formación, a realizarse del 17 de agosto de 2017 al 16 de julio de 2022;

Que, con Oficio N.1000-3065 de fecha 7 de agosto de 2017, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Cadete de Primer Año Jhoseph Alessandro ANTEZANA
Coronado, para que participe en el Curso de Formación de Oficiales en la Escuela Naval Militar de Marín, en la provincia de Cádiz, Reino de España, lo que permitirá brindar al futuro Oficial los conocimientos en aspectos tecnológicos y científicos; así como, complementar su formación en la Escuela Naval del Perú, contribuyendo a elevar el nivel profesional de la Institución;

Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 17 de agosto al 31 de diciembre de 2017, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero de 2018 al 16 de julio de 2022, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo;

Que, con documento Nº 133-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo
que los gastos por concepto de pasajes, Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero y Gastos de Traslado, correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora Nº 004:

Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE;

Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1500-2016-DE/SG, que prorroga la vigencia de la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, referente al reajuste del monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2017;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete de Primer Año Jhoseph Alessandro ANTEZANA Coronado, CIP. 00128624, DNI. 77073827, para que participe en el Curso de Formación de Oficiales en la Escuela Naval Militar de Marín, en la provincia de Cádiz, Reino de España, del 17 de agosto de 2017 al 16 de julio de 2022; así como, autorizar su salida del país el 15 de agosto de 2017.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasaje Aéreo (ida): Lima - Madrid (Reino de España)
US$. 1,842.41 US$. 1,842.41
Pasaje Terrestre (ida): Madrid - Cádiz (Reino de España)
US$. 85.00 US$. 85.00
------------------- TOTAL A PAGAR EN DÓLARES AMERICANOS: US$. 1,927.41
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
€ 758.08 / 31 x 15 días (agosto 2017) € 366.81
€ 758.08 x 4 meses (setiembre - diciembre 2017) € 3,032.32
Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación)
€ 758.08 x 1 compensación € 758.08
-------------------TOTAL A PAGAR EN EUROS: € 4,157.21
Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante.

Artículo 6.- El Cadete designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado Cadete, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios.

Artículo 8.- El citado Cadete, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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