8/10/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 280-2017-VIVIENDA Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2017-VIVIENDA Lima, 31 de julio de 2017 Visto, el Memorando Nº 1344-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2017-VIVIENDA
Lima, 31 de julio de 2017
Visto, el Memorando Nº 1344-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y,
CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, señala que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestales correspondientes;

Que, el acápite ii) del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de lograr que los objetivos y las metas establecidas en el Plan Operativo Institucional y Presupuesto Institucional se refl ejen en las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo;

Que, el numeral 71.2 del artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias, señala que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos que conducen al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades;

Que, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD aprueba la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional" la misma que señala que el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua consta de cuatro fases, una de las cuales es la Fase de políticas y planes coordinados;

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, se aprueba la "Guía para el planeamiento institucional", con el objetivo de establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional - PEI y el Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; siendo que el inciso 4.1 del numeral 4 de la citada guía establece que el Titular de la Entidad es responsable, entre otros, de la aprobación de los mencionados planes;

Que, de acuerdo a los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones, el normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación entre otros, el Plan Operativo Institucional; y el proponer a la Alta Dirección la aprobación, entre otros, de los planes del Ministerio en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante Memorando Nº 1344-2017-VIVIENDA-OGPP , la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 395-2017-VIVIENDA/OGPP/ OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, a través del cual propone que se apruebe el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo a lo dispuesto en la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; la Ley Nº 30156
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/
PCD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

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