8/05/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°0303-2017-MINAGRI Aprueban exclusión y redimensionamiento de áreas

Aprueban exclusión y redimensionamiento de áreas forestales ubicadas en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº0303-2017-MINAGRI Lima, 25 de julio de 2017 VISTOS: Los Oficios Nº 188-2017-SERFOR-SG y 169-2017-SERFOR/SG, expedidos por el Secretario General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a través de los cuales propone el redimensionamiento de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad
Aprueban exclusión y redimensionamiento de áreas forestales ubicadas en el departamento de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº0303-2017-MINAGRI
Lima, 25 de julio de 2017
VISTOS:

Los Oficios Nº 188-2017-SERFOR-SG y 169-2017-SERFOR/SG, expedidos por el Secretario General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, a través de los cuales propone el redimensionamiento de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto;
y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, este Ministerio es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; asimismo, tiene como ámbito de competencia, entre otros, en materias de tierras forestales; y, en fl ora y fauna;

Que, el numeral 8 del Título Preliminar de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, señala que el Estado ejerce el dominio eminencial sobre los recursos del patrimonio forestal y de fauna silvestre de la Nación;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 1349-2001-AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de diciembre de 2001, se creó en el departamento de Loreto el Bosque de Producción, comprendido dentro del Patrimonio Forestal del departamento; disponiéndose aprobar en el departamento de Loreto, los Bosques de Producción Permanente (BPP) con una superficie de 14 782 302
ha (catorce millones setecientos ochenta y dos mil trescientos dos hectáreas), comprendidos en ocho (08) Zonas, conforme al Plano y Memoria Descriptiva, que en Anexo forman parte de la citada Resolución Ministerial;

Que, la modificación última a la superficie del Bosque de Producción Permanente de Loreto se efectuó por Resolución Ministerial Nº 451-2013-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de noviembre de 2013, a través de la cual se redimensionó la Zona 8 del citado BPP, de una superficie de 1 998 351.00 ha a 1 996 941.42 ha (un millón novecientos noventa y seis mil novecientos cuarenta y un hectáreas con cuatro mil doscientos metros cuadrados), según Mapa de ubicación y Memoria Descriptiva, que en Anexo forman parte de la citada Resolución Ministerial;

Que, el Cuadro Nº 04: Superficie actual del BPP de Loreto, inserto en el Informe Técnico Nº 271-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 28 de noviembre de 2016, expedido por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, determina que la superficie total del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto es de 9 322 308.55 ha (nueve millones trescientos veintidós mil trescientos ocho hectáreas con cinco mil quinientos metros cuadrados), conforme se muestra a continuación:

Superficie actual del BPP de Loreto ZONAS ÁREA OFICIAL (ha) RM/RJ
Zona 1A 1463512
RJ Nº 291-2008-INRENA
Zona 1B 87234
Zona 2 55366
RM Nº 1349-2001-AG
Zona 3 38969
Zona 4A 83676
RJ Nº 136-2006-INRENA Zona 4B 582283
Zona 4C 19132
Zona 4D 94595.41 RM Nº 251-2013-MINAGRI
Zona 4E 22458
RJ Nº 136-2006-INRENA
Zona 4F 145242
Zona 4G 81503
Zona 4H 23342
Zona 4I 16534
Zona 4J 16476
Zona 4K 27456
Zona 4L 43840
Zona 4M 47442
Zona 5A 2201577.85
RM Nº 0521-2009-AG Zona 5B 411513.21
Zona 5C 51668
Zona 6 1010703 RM Nº 318-2006-AG
Zona 7 799683.14 RM Nº 0521-2009-AG
Zona 8 * 1998102.94 RM Nº 451-2013-MINAGRI
Total 9322308.55
* Nota: El área aprobada en Zona UTM 19 es de 1 996 941.42 ha.

Para efectos del cálculo de la superficie total del BPP Loreto, se ha considerado dicha superficie en Zona UTM 18.

Fuente: Informe Técnico Nº 271-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 28 de noviembre de 2016, expedido por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR.

Que, mediante Solicitud Nº 001-2012, presentada el 05 de noviembre de 2012, Carta S/N, ingresada el 06 de enero de 2014, y Carta S/N de fecha 18 de agosto de 2014, el señor Wilger Humberto Bosmediano Baquero, Agente Municipal de la Comunidad de Tierra Hermosa - Río Momón, ha solicitado la exclusión del área de la Zona 5 del Bosque de Producción Permanente de Loreto, respecto del predio rústico denominado "Tierra Hermosa", ubicado en el Sector de la Carretera Bellavista-Mazán, Distrito de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto, al existir superposición con el citado predio, adjuntando para tal efecto, la documentación respectiva;

Que, de la documentación revisada, se advierte que mediante Resolución Directoral Regional Nº 209-97-CTAR-DRA, de fecha 10 de abril de 1997, el Director Regional de la Dirección Regional Agraria Loreto del entonces Ministerio de Agricultura, aprobó el Proyecto de Parcelación e independización denominado "Tierra Hermosa" de cincuenta y cuatro (54) parcelas; adjudicando, a título gratuito, las citadas parcelas a cincuenta y cuatro (54) adjudicatarios, y cuya superficie total es de 2,600
ha; disponiendo además, en su "ARTICULO TERCERO:

Otorgar a los mencionados beneficiarios en título de propiedad gratuito con firmas legalizadas y constituirá título suficiente para su inscripción registral"; la citada Parcelación se encuentra inscrita en la Ficha Nº 16455-A de la Partida Registral Nº 04001589 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Iquitos, con una extensión superficial de 2,605 hectáreas y 2,000
metros cuadrados (2605.20 ha);

Que, por Informe Nº 026-2015-GRL-DRA-L-DISAFILPA/RDCC, de fecha 12 de marzo de 2015, acompañado al Oficio Nº 196-2015-GRL-DRA-L/ DISAFILPA-248, la Dirección Regional Agraria del Gobierno Regional de Loreto, concluye que "Las 54
parcelas pertenecientes a la Parcelación Tierra Hermosa se encuentran debidamente Saneada y Titulada, inscrita
en el Registro Público de Loreto Zona Registral IV en la Partida 04001589";

Que, el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 1349-2001-AG, establece "Exceptúese de los ámbitos geográficos que definen los Bosques de Producción Permanente señalados en el Artículo 2, las superficies de las áreas naturales protegidas, de las comunidades nativas y campesinas, las áreas de propiedad privada y superficies con otras formas de uso reconocidas por las autoridades competentes";

Que, la Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que "Los BPP establecidos en el marco de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, continúan vigentes, conforme a las normas de su creación. (...)";

Que, bajo este marco normativo, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre - DGIOFFS del Servicio Forestal y de Fauna Silvestre, mediante Informe Técnico Nº 052-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 21 de abril de 2016, realizó el análisis de superposición del mencionado predio, de acuerdo a las coordenadas UTM
indicadas en el Plano Perimétrico de la Parcelación "Tierra Hermosa", elaborado por la citada Dirección Regional Agraria de Loreto, concluyendo, entre otros, que esta área se encuentra ubicada en los distritos de Punchana y Mazán, de la provincia de Maynas, departamento de Loreto, con una superficie de 2605.20 ha, de las cuales 2089.21 ha que corresponde al 80.19 % de su superficie total se encuentra dentro de la Zona 5A del BPP de Loreto;
señala además, que "Los documentos presentados por el solicitante corresponden a documentos otorgados por la Autoridad competente y acreditarían derechos preexistentes de las tierras materia de su solicitud, los cuales serían suficientes para proceder a la exclusión de áreas del BPP Loreto y al redimensionamiento del mismo";
"A la solicitud de redimensionamiento (...), se propone excluir el área del predio Parcelación Tierra Hermosa que se encuentra dentro de la Zona 5A, en cumplimiento de la normativa vigente (Resolución Ministerial 1349-2001-AG), a fin de exceptuar del ámbito del BPP Loreto superficies de propiedad privada reconocida por la Autoridad competente";

Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 521-2009-AG, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 12 de julio de 2009, aprobó, entre otro, el redimensionamiento efectuado a la Zona 5 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto de una superficie de 3 308 273.90 ha a 2 664 759.06 ha, de acuerdo al Plano y Memoria Descriptiva que forma parte integrante de la citada Resolución, conforme se detalla a continuación:

ZONA ÁREA (ha)
Zona 5A 2 201 577.85
Zona 5B 411 513.21
Zona 5C 51 668.00
Total 2 664 579.06
Que, mediante el citado Informe Técnico Nº 271-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, la DGIOFFS del SERFOR, señala, entre otros, que "Luego de excluir el área de la parcelación Tierra Hermosa de la Zona 5A del BPP Loreto, resulta además de un polígono consolidado correspondiente a la Zona 5A redimensionada un polígono remanente de 50.04 ha y que a fin de presentar la Zona 5A
como un solo polígono consolidado y no fraccionado, se ha considerado excluir también este polígono remanente, (...)";

Que, los tramos irregulares mencionados en el considerando precedente, corresponden a un polígono remanente generado por el procedimiento de exclusión del predio rústico denominado "Tierra Hermosa", superficie que no presenta condiciones para mantenerse como BPP, los que deberán ser categorizados, por la autoridad forestal y de fauna silvestre competente, como parte de la zonificación forestal prevista en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre;

Que, en ese sentido, el acotado Informe Técnico Nº 271-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, concluye, entre otros, que al redimensionarse la Zona 5A del BPP del departamento de Loreto, la nueva superficie sería de 2199438.60 ha, conforme al siguiente Cuadro:

Redimensionamiento de la Zona 5A del BPP de Loreto Zona 5A BPP
Loreto Área (ha) de la Parcelación Tierra Hermosa dentro del BPP de Loreto (2)
Área (ha)
editada del BPP de Loreto (polígono remanente) (3)
Área (ha) Final Resultante de la Zona 5A del BPP de Loreto (1)-(2+3)
Superficie (ha)
R.M. Nº 0521-2009-AG (1)
2201577.85 2089.21 50.04 2199438.60
Que, asimismo, la superficie actual del BPP Loreto de 9 322 308.55 ha tendrá una extensión final de 9 320
169.30 ha, que incluye todas las zonas, conforme al siguiente Cuadro:

Superficie del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto ZONAS ÁREA OFICIAL (ha) RM/RJ
Zona 1A 1463512
RJ Nº 291-2008-INRENA
Zona 1B 87234
Zona 2 55366
RM Nº 1349-2001-AG
Zona 3 38969
Zona 4A 83676
RJ Nº 136-2006-INRENA Zona 4B 582283
Zona 4C 19132
Zona 4D 94595.41 RM Nº 251-2013-MINAGRI
Zona 4E 22458
RJ Nº 136-2006-INRENA
Zona 4F 145242
Zona 4G 81503
Zona 4H 23342
Zona 4I 16534
Zona 4J 16476
Zona 4K 27456
Zona 4L 43840
Zona 4M 47442
Zona 5B 411513.21
RM Nº 0521-2009-AG
Zona 5C 51668
Zona 5A 2199438.60 ----------------Zona 6 1010703 RM Nº 318-2006-AG
Zona 7 799683.14 RM Nº 0521-2009-AG
Zona 8 * 1998102.94 RM Nº 451-2013-MINAGRI
Total 9320169.30 -* Nota: El área aprobada en Zona UTM 19 es de 1 996 941.42 ha.

Para efectos del cálculo de la superficie total del BPP Loreto, se ha considerado dicha superficie en Zona UTM 18.

Fuente: Informe Técnico Nº 271-2016-SERFOR/DGIOFFS-DCZO, de fecha 28 de noviembre de 2016, expedido por la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR.

Que, el Informe Legal Nº 219-2016-SERFOR-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, concluye, entre otros, que "La titularidad sobre los predios no otorgan titularidad sobre los recursos forestales existentes en la superficie, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional.

En el caso, de presentar cobertura forestal, para su retiro deben solicitar la autorización de cambio de uso conforme a lo dispuesto en la legislación ambiental y lo estipulado en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente";

Que, en consecuencia, atendiendo a la propuesta formulada por el SERFOR, resulta procedente
redimensionar la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la exclusión de 2 089.21 ha (dos mil ochenta y nueve hectáreas con dos mil cien metros cuadrados) del área de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, que corresponde al 80.19% de la superficie del predio rústico denominado "Tierra Hermosa", ubicado en los distritos de Mazán y Punchana, de la provincia de Maynas, del departamento de Loreto, la misma que se encuentra inscrita en la Ficha Nº 16455-A de la Partida Registral Nº 04001589 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Iquitos.

Artículo 2.- Aprobar la exclusión de 50.04 ha (cincuenta hectáreas con cuatrocientos metros cuadrados), que se encuentran dentro de la superficie de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, por cuanto representan tramos irregulares que dificultan la correcta delimitación y descripción del área.

Artículo 3.- Aprobar el redimensionamiento efectuado a la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, a una superficie de 2 199 438.60
ha (dos millones ciento noventa y nueve mil cuatrocientos treinta y ocho hectáreas con seis mil metros cuadrados), de acuerdo al Mapa y Memoria Descriptiva de la Zona 5A, que en Anexos forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Redimensionar el Bosque de Producción Permanente del departamento de Loreto, de una superficie de 9 322 308.55 ha (nueve millones trecientos veintidós mil trescientos ocho hectáreas con cinco mil quinientos metros cuadrados) a 9 320 169.30 ha (nueve millones trecientos veinte mil ciento sesenta y nueve hectáreas con tres mil metros cuadrados).

Artículo 5.- Disponer que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información referente al redimensionamiento dispuesto en los artículos 3 y 4 de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE MANUEL HERNANDEZ CALDERON
Ministro de Agricultura y Riego
ANEXO
MEMORIA DESCRIPTIVA DE LOS
BOSQUES DE PRODUCCION PERMANENTE
ZONA 5A
DEPARTAMENTO DE LORETO
I. UBICACIÓN POLÍTICA
Departamento: Loreto Zona 5A
Provincias : Maynas Distritos : Alto Nanay, Mazán, Napo, Punchana, Torres Causana
II. SUPERFICIE
Zona 5A : 2 199 438.60 ha
III. LÍMITES
Zona 5A:

Partiendo del PP, ubicado en la margen derecha del río Tamboryacu con coordenadas UTM 537 136.25080 E
y 9 863 137.69224 N, se prosigue por la misma margen del río, hasta llegar al PR1.

Del PR1, ubicado en la margen derecha del río Tamboryacu con coordenadas UTM 632 993.18461 E y 9
744 566.90756 N, se prosigue en línea recta en dirección Noroeste, hasta llegar al PR2.

Del PR2, ubicado en las coordenadas UTM 630
385.93750 E y 9 746 430.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR3.

Del PR3, ubicado en las coordenadas UTM 629
733.00253 E y 9 742 953.45356 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR4.

Del PR4, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 634 267.63328 E y 9 739
865.00874 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen del río Napo, hasta llegar al PR5.

Del PR5, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 635 916.78071 E y 9 734
913.03757 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta llegar al PR6.

Del PR6, ubicado en las coordenadas UTM 630
238.71032 E y 9 725 671.48851 N, se prosigue, en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR7.

Del PR7, ubicado en las coordenadas UTM 642
102.04814 E y 9 716 784.61538 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR8.

Del PR8, ubicado en las coordenadas UTM 645
206.07559 E y 9 717 422.42924 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR9.

Del PR9, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 647 353.76556 E y 9 724
854.20304 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen del río Napo, hasta llegar al PR10.

Del PR10, ubicado en la margen derecha del río Napo coordenadas UTM 652 262.26848 E y 9 723 937.03663 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR11.

Del PR11, ubicado en las coordenadas UTM 651
091.81585 E y 9 721 311.43282 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR12.

Del PR12 ubicado en las coordenadas UTM 657
850.60948 E y 9 706 209.54799 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR13.

Del PR13, ubicado en las coordenadas UTM 653
596.55941 E y 9 704 674.85904 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR14.

Del PR14, ubicado en las coordenadas UTM 658
458.07176 E y 9 697 284.23623 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR15.

Del PR15, ubicado en el coordenadas UTM 659
864.80367 E y 9 696 827.99885 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR16.

Del PR16, ubicado en las coordenadas UTM 659
189.06487 E y 9 693 905.36847 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR17.

Del PR17, ubicado en las coordenadas UTM 657
631.90212 E y 9 685 289.06794 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR18.

Del PR18, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 662 275.80379 E y 9 685
398.33621 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen del río Napo, hasta llegar al PR19.

Del PR19, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 677 171.82503 E y 9 667
071.01232 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR20.

Del PR20, ubicado en las coordenadas UTM 676
095.55508 E y 9 663 847.05330 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR21.

Del PR21, ubicado en las coordenadas UTM 678
849.27555 E y 9 662 649.10607 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR22.

Del PR22, ubicado en las coordenadas UTM 677
420.00000 E y 9 657 050.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR23.

Del PR23, ubicado en las coordenadas UTM 685
470.00000 E y 9 655 250.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR24.

Del PR24, ubicado en las coordenadas UTM 687
680.00000 E y 9 664 000.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al
PR25.

Del PR25, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 686 824.37500 E y 9 667
055.00000 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen del río Napo, hasta llegar al PR26.

Del PR26, ubicado la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 704 556.32280 E y 9 656 069.27977 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste hasta llegar al PR27.

Del PR27, ubicado en las coordenadas UTM 701
430.00000 E y 9 654 225.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR28.

Del PR28, ubicado en las coordenadas UTM 702
440.00000 E y 9 652 480.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR29.

Del PR29, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 706 340.35498 E y 9 654
786.29686 N, se prosigue por la misma margen del río Napo, hasta llegar al PR30.

Del PR30, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 699 321.84714 E y 9 647
446.01954 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR31.

Del PR31, ubicado en las coordenadas UTM 695
682.54313 E y 9 645 353.41973 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR32.

Del PR32, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 697 063.08871 E y 9 642
800.50609 N, se prosigue aguas abajo por la misma margen del río, hasta llegar al PR33.

Del PR33, ubicado en la margen derecha del río Napo con coordenadas UTM 705 956.62330 E y 9 615
854.98235 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR34.

Del PR34, ubicado en las coordenadas UTM 699
911.20385 E y 9 612 285.99979 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al
PR35.

Del PR35, ubicado en las coordenadas UTM 694
779.325 E y 9 614 035.50387 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR36.

Del PR36, ubicado en las coordenadas UTM 694
079.52356 E y 9 612 752.53421 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR37.

Del PR37, ubicado en las coordenadas UTM 699
094.76861 E y 9 611 003.03012 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR38.

Del PR38, ubicado en las coordenadas UTM 693
655.05408 E y 9 605 474.13994 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR39.

Del PR39, ubicado en las coordenadas UTM 695
113.66570 E y 9 608 777.4829 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR40.

Del PR40, ubicado en la coordenadas UTM 690
323.80120 E y 9 610 769.45470 N, se prosigue, en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR41.

Del PR41, ubicado en las coordenadas UTM
689437.260580 E y 9608769.30244 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR42.

Del PR42, ubicado en las coordenadas UTM 686
596.46956 E y 9 614 352.39492 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR43.

Del PR43, ubicado en la coordenadas UTM 653
291.41576 E y 9 635 003.77815 N, se prosigue, en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR44.

Del PR44, ubicado en las coordenadas UTM 648
700.33740 E y 9 627 604.04006 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR45.

Del PR45, ubicado en las con coordenadas UTM 675
039.21273 E y 9 607 884.83505 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR46.

Del PR46, ubicado en las coordenadas UTM 651
908.03982 E y 9 585 139.18171 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR47.

Del PR47, ubicado en las coordenadas UTM 643
285.11925 E y 8 9 621 961.24365 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR48.

Del PR48, ubicado en las coordenadas UTM
622918.31557 E y 9635691.67312N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR49.

Del PR49, ubicado en las coordenadas UTM
623458.50000 E y 9636178.00000 N, se prosigue el línea curva por el límite del Área de Conservación Regional "Alto Nanay - Pintuyacu - Chambira" con dirección Noreste, hasta llegar al PR50.

Del PR50, ubicado en el límite Este de la "Reserva Nacional Pucacuro" con coordenadas UTM 508 774.39807
E y 9 720 613.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR51.

Del PR51, ubicado el límite Este de la "Reserva Nacional Pucacuro", con coordenadas UTM 506
866.40360 E y 9 723 561.71874 N, se prosigue en línea curva por dicho límite, hasta llegar al PR52.

Del PR52, ubicado el límite Norte de la Zona Reservada Pucacuro, con coordenadas UTM 459 201.10728 E y 9
779 138.89008 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR53.

Del PR53, ubicado en las coordenadas UTM 462
109.41528 E y 9 782 442.43204 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR54.

Del PR54, ubicado en las coordenadas UTM 477
580.12761 E y 9 775 136.50801 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR55.

Del PR55, ubicado en las coordenadas UTM 480
809.60714 E y 9 779 442.48071 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR56.

Del PR56, ubicado en las coordenadas UTM 476
324.21891 E y 9 784 537.88173 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR57.

Del PR57, ubicado en las coordenadas UTM 468
595.96007 E y 9 789 681.39616 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR58.

Del PR58, ubicado en las coordenadas UTM 521
835.11696 E y 9 847 973.51264 N. se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR59.

Del PR59, ubicado en las coordenadas UTM 528
319.55852 E y 9 844 873.41774 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR60.

Del PR60, ubicado en las coordenadas UTM 524
923.35735 E y 9 838 772.07888 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR61.

Del PR61, ubicado en las coordenadas UTM 534
009.99733 E y 9 836 011.24137 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR62.

Del PR62, ubicado en las coordenadas UTM 535
447.04663 E y 9 840 620.65222 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR63.

Del PR63, ubicado en las coordenadas UTM 537
420.75025 E y 9 839 060.04935 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR64.

Del PR64, ubicado en las coordenadas UTM 527
119.49357 E y 9 802 081.03437 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR65.

Del PR65, ubicado en las coordenadas UTM 538
046.66774 E y 9 785 198.19479 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR66.

Del PR66, ubicado en las coordenadas UTM 566
118.93525 E y 9 764 532.22764 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR67.

Del PR67, ubicado en las coordenadas UTM 576
989.47288 E y 9 759 156.68705 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR68.

Del PR68, ubicado en las coordenadas UTM 594
071.74630 E y 9 757 125.92728 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR69.

Del PR69, ubicado en la margen derecha del río Curaray, con coordenadas UTM 596 418.69311 E y 9
743 979.00000 N, se prosigue aguas arriba por la misma margen del río Curaray, hasta llegar al PR70.

Del PR70, ubicado en la margen derecha del río Curaray, con coordenadas UTM 553 100.87500 E y 9 752
185.00000 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR71.

Del PR71, ubicado en las coordenadas UTM 551
858.73498 E y 9 750 941.45500 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR72.

Del PR72, ubicado en las coordenadas UTM 551
810.17549 E y 9 750 969.86746 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR73.

Del PR73, ubicado en las coordenadas UTM 547
748.39509 E y 9 747 205.29051 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR74.

Del PR74, ubicado en las coordenadas UTM 557
801.50806 E y 9 740 060.13062 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR75.

Del PR75, ubicado en las coordenadas UTM 584
502.55431 E y 9 737 001.30560 N, se prosigue en línea recta con dirección Sureste, hasta llegar al PR76.

Del PR76, ubicado en las coordenadas UTM 606
990.94227 E y 9 725 509.68506 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR77.

Del PR77, ubicado en las coordenadas UTM 621
756.23542 E y 9 728 865.54919 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR78.

Del PR78, ubicado en las coordenadas UTM 619
598.22328 E y 9 733 751.61443 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR79.

Del PR79, ubicado en las coordenadas UTM 629
330.63654 E y 9 735 217.43400 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR80.

Del PR80, ubicado en las coordenadas UTM 627
795.18929 E y 9 746 511.81580 N, se prosigue en línea recta con dirección Suroeste, hasta llegar al PR81.

Del PR81, ubicado en las coordenadas UTM 607
230.70806 E y 9 738 644.06841 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR82.

Del PR82, ubicado en las coordenadas UTM 606
106.87823 E y 9 744 677.40206 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR83.

Del PR83, ubicado en las coordenadas UTM 612
173.99037 E y 9 746 467.68583 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR84.

Del PR84, ubicado en las coordenadas UTM 607
262.76046 E y 9 758 953.27735 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR85.

Del PR85, ubicado en las coordenadas UTM 600
857.10810 E y 9 765 814.38984 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR86.

Del PR86, ubicado en las coordenadas UTM 585
889.69090 E y 9 768 762.08147 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR87.

Del PR87, ubicado en las coordenadas UTM 547
055.55588 E y 9 797 010.86603 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR88.

Del PR88, ubicado en las coordenadas UTM 542
067.76962 E y 9 807 253.64137 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PR89.

Del PR89, ubicado en las coordenadas UTM 547
493.15051 E y 9 822 687.91458 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR90.

Del PR90, ubicado en las coordenadas UTM 546
899.67490 E y 9 830 761.56675 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR91.

Del PR91, ubicado en las coordenadas UTM 545
153.09908 E y 9 849 333.48958 N, se prosigue en línea recta con dirección Noroeste, hasta llegar al PR92.

Del PR92, ubicado en las coordenadas UTM 533
906.26136 E y 9 859 939.31583 N, se prosigue en línea recta con dirección Noreste, hasta llegar al PP, cerrando el área de la Zona 5A del BPP de Loreto.

Se excluye la superficie de derechos de terceros asentadas al interior de la Zona 5 del BPP de Loreto, no descritas en los párrafos anteriores, las mismas que se describen a continuación:

Exclusión Vértices Coordenada UTM Referencia Exclusión 1
V1 493450.37500 9768415.00000 V6-V1: Línea Recta V2 500319.00000 9765465.00000 V1-V2: Línea Recta V3 505053.71875 9762075.00000 V2-V3: Línea Recta V4 500047.50000 9759372.00000 V3-V4: Línea Recta V5 486683.18750 9762195.00000 V4-V5: Línea Recta V6 490229.06250 9767321.00000 V5-V6: Línea Recta Exclusión 2
V1 523907.00066 9766971.30025 V4-V1: Línea Recta V2 538531.32303 9761344.99640 V1-V2: Río Curaray V3 538563.04230 9758732.80014 V2-V3: Línea Recta V4 523340.19995 9764733.50563 V3-V4: Línea Recta Exclusión 3
V1 530769.87500 9747466.00000 V4-V1: Línea Recta V2 529647.68750 9745711.00000 V1-V2: Línea Recta V3 510366.93750 9746283.00000 V2-V3: Línea Recta V4 511292.68750 9748163.00000 V3-V4: Línea Recta Elaborado por:

NILDA E. RENTERA ROMERO
Especialista SIG III
Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -
SERFOR
Autorizado por:

Ing. Rocío Malleux Hernani Directora General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre -
SERFOR
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PP
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PR2
PR1
PR92
PR91
PR90
PR89
PR88
PR87
PR86
PR85
PR84
PR83
PR82
PR81
PR80
PR79
PR78
PR77
PR76
PR75
PR74
PR73
PR72
PR71
PR70
PR69
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PR66
PR65
PR64
PR63
PR62
PR61
PR60
PR59
PR58
PR57
PR56
PR55
PR54
PR53
R52
PR51
PR50
PR49 PR48
PR47
PR46
PR45
PR44
PR43
PR42
PR41
PR40
PR38
PR37
PR35
PR33
PR32
PR31
PR30
PR29
PR28
PR27
PR26
PR25
PR24
PR23 PR22
PR21
PR20
PR19
PR18
PR17
PR16
PR15 PR14
PR13
PR12
PR11
PR10
MAYNAS
LORETO
PUTUMAYO
REQUENA NAUTA
BELEN
MAZAN
INTUTU
IQUITOS
PUNCHANA
SAN JUAN
TAMSHIYACU
AEROPUERTO
MORONA COCHA
ANITA CABRERA
SANTA CLOTILDE
VILLA TROMPETEROS
SANTA MARIA DE NANAY
500000
500000
550000
550000
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9700000
9700000
9750000
9750000
9800000
9800000
9850000
9850000
AREA DE CONSERVACION REGIONAL
ALTO NANAY- PINTUYACU CHAMBIRA
ZONA 5A
RESERVA NACIONAL
PUCACURO
MAPA DE UBICACION
DEPARTAMENTO LORETO
1:1,000,000
Escala:

SISTEMA DE PROYECCIÓN CARTOGRÁFICA: UTM
ZONA 18-SUR, DATUM HORIZONTAL WGS84
MARZO 2017
Elaborado por: Autorizado por: Impreso : SERFOR-DGIOFFS-DCZO
Fecha : 02/03/2017
Código : 011-2017-DCZO-nrr Fuente: Registros de la Base Datos de la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordeanamiento de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, Cartografía Base: Digital Peru v. 1.0, INEI (CC.PP y Límites Políticos)
ZONA 5A DEL BOSQUE DE PRODUCCION PERMANENTE
LEYENDA
Otras zonas del Bosque de Producción Permanente de Loreto Zona 5A del Bosque de Producción Permanente Vertices de la Zona 5A del Bosque de Producción Permanente 1
Areas de Conservación Regional Zona de Amortiguamiento de las ANPE
Areas Naturales Protegidas por el Estado
ZONA 5B
ZONA 5C
ZONA 6
RIO NAPO
RIOCURARAY
RIO MAZAN
RIO TACSHACURARAY
Ríos Límite de provincia Límite de distrito Capital de distrito " )
SIGNOS CONVENCIONALES
±

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