9/17/2017

DECRETO SUPREMO N° 274-2017-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Ministerio de Defensa DECRETO SUPREMO Nº 274-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, mediante Ley Nº 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del Pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 274-2017-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026:

Ministerio de Defensa;

Que, mediante Ley Nº 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por Contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público (hoy Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público), emita Documentos Cancelatorios - Tesoro Público a favor del pliego Ministerio de Defensa, para el pago de la deuda tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas, derivada de las contrataciones por operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país, así como por operaciones de adquisición local de bienes o servicios, asimismo, para el pago del Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, dispone que para el Año Fiscal 2017, los Documentos Cancelatorios-Tesoro Público emitidos al amparo de la Ley 29266, son financiados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia hasta por la suma de SESENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y
OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 63 863 538,00), los cuales, para efectos de lo establecido en la citada disposición, se transfieren al pliego Ministerio de Defensa mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, hasta por el monto que sea requerido en
dicho periodo, sin exceder el límite establecido en el artículo 3 de la aludida Ley Nº 29266, y se incorporan en el presupuesto institucional del mencionado pliego en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios;

Que, mediante Oficio Nº 1126-2017-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa requiere para el presente año, ejecutar Documentos Cancelatorios - Tesoro Público en el Presupuesto Institucional 2017 del pliego Ministerio de Defensa, hasta por la suma de CINCUENTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100
SOLES (S/ 52 687 444,00), destinados a financiar el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por la suma de
VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y
CINCO MIL ONCE Y 00/100 SOLES (S/ 24 935 011,00), así como el pago del Impuesto a la Renta hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
TRES Y 00/100 SOLES (S/ 27 752 433,00), derivado de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley Nº 29266, señalando que la solicitud no excede los montos máximos autorizados en el artículo 3 de la referida Ley Nº 29266;

Que, el requerimiento efectuado por el pliego 026:

Ministerio de Defensa se atenderá en el marco de lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, por lo que resulta necesario, autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de CINCUENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y
CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 52 687 444,00), destinados a atender las obligaciones tributarias generadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley Nº 29266;

Que, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa; la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma total CINCUENTA Y DOS
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100
SOLES (S/ 52 687 444,00), a favor del pliego 026:

Ministerio de Defensa, para ser destinados a atender las obligaciones tributarias derivadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcadas dentro de los alcances de la Ley Nº 29266, con cargo a los recursos establecidos en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5 000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 52 687 444,00
———————
TOTAL EGRESOS 52 687 444,00
============
A LA:

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios UNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 657 999,00
——————
Subtotal UE 003 4 657 999,00
——————
UNIDAD EJECUTORA 004: Marina de Guerra del Perú
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 777 691,00
——————
Subtotal UE 004 3 777 691,00
——————
UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del Perú
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 41 559 871,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 2 691 883,00
—————————- Subtotal UE 005 44 251 754,00
—————————- TOTAL PLIEGO 026 52 687 444,00
============
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Emisión y Destino de los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público 3.1 En el marco de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley Nº 29266, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público emitirá los Documentos Cancelatorios -
Tesoro Público que requiera el pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma aprobada en el artículo 1 del presente Decreto Supremo.

3.2 El referido pliego utilizará los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago de los impuestos que se indican:

3.2.1 Impuesto General a las Ventas, que como contribuyente le corresponda abonar al fisco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país y por aquel que le fuera trasladado en las operaciones de adquisición local de Bienes o Servicios por contrataciones que corresponden al objeto de la Ley Nº 29266, hasta por la suma de VEINTICUATRO
MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
ONCE Y 00/100 SOLES (S/ 24 935 011,00).

3.2.2 Impuesto a la Renta, que como agente de retención le corresponda abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
TRES Y 00/100 SOLES (S/ 27 752 433,00).

Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete.

PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas
MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS
Ministra de Educación Encargada del despacho del Ministerio de Defensa

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