9/17/2017

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 499-2017-GRH/GR Aprueban el Plan Operativo Institucional del

Aprueban el Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional para el Año Fiscal 2018 - POI 2018 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 499-2017-GRH/GR Huánuco, 26 de julio de 2017 VISTOS: El Expediente del Sistema de Gestión Documentaria Nº 462870, que contiene el Informe Nº 289-2017-GRH/ GRPPAT su fecha de recepción en la ORAJ 26 de julio de 2017, emitido por la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 274-2017-GRH-GRPPAT/SGPEE de fecha 25 de julio
Aprueban el Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional para el Año Fiscal 2018 - POI 2018
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 499-2017-GRH/GR
Huánuco, 26 de julio de 2017
VISTOS:

El Expediente del Sistema de Gestión Documentaria Nº 462870, que contiene el Informe Nº 289-2017-GRH/ GRPPAT su fecha de recepción en la ORAJ 26 de julio de 2017, emitido por la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Informe Nº 274-2017-GRH-GRPPAT/SGPEE de fecha 25 de julio de 2017, emitido por el Sub Gerente de Planeamiento Estratégico y Estadística, y demás recaudos que se acompañan;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado, Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias Leyes Nº 27902 y 28013, se reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: "El desarrollo regional comprende la aplicación coherente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrollo económico, social, poblacional, cultural y ambiental, a través de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento económico armonizado con la dinámica demográfica, el desarrollo social equitativo y la conservación de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades";

Asimismo, la Ley Nº 27867, establece como función principal de los Gobiernos Regionales, organizar y conducir la Gestión Pública Regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas;

Que, el numeral 71.2 del artículo 71º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, así como el numeral 71.3 del mencionado artículo establece que, los Planes Operativos Institucionales refl ejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen
instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada unidad orgánica;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, que establece que, anualmente las entidades deben elaborar un Plan Operativo, que es la herramienta que permite poner en marcha las estrategias institucionales en el que se detallan las metas anuales de todos los objetivos y entregables; asimismo, se precisan todas las actividades o tareas necesarias para alcanzar los productos a entregar, se establecen los recursos, plazos, costos por actividad y se determinarán los indicadores cualitativos y cuantitativos de insumo-proceso-producto que servirán para evaluar la gestión y determinar si se han alcanzado o no los indicadores de resultado e impacto establecidos;

Que, el Plan Operativo Institucional es un documento normativo de Gestión Administrativa, que contiene la programación de actividades de los distintos órganos del Gobierno Regional de Huánuco, a ser ejecutadas en el período anual, orientadas a alcanzar los objetivos y metas institucionales, así como a contribuir con el cumplimiento de los objetivos, lineamientos de política y actividades estratégicas del Plan Estratégico Institucional, y permite la ejecución de los recursos presupuestarios asignados en el Presupuesto Inicial de Apertura con criterios de eficiencia, calidad de gasto y transparencia;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 047-2013-CR-GRH se aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), que prescribe en el artículo 46º, que la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Presupuestal, es un órgano de asesoramiento, responsable de dirigir, supervisar y controlar las acciones que realice el Gobierno Regional en materia de planificación estratégica prospectiva, presupuesto, tributación, finanzas, desarrollo institucional, ordenamiento territorial, preinversión y evaluación de proyectos; asimismo, el literal c) del artículo 50º señala entre otras funciones de la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística, la de formular y evaluar el Plan Operativo Institucional del Gobierno Regional Huánuco;

Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN-PCD, "Directiva para la Actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", la cual tiene como objetivo establecer los lineamientos para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Asimismo, el numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado y su modificatoria aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1341, así como el artículo 5º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, señala que:
"La Formulación del Plan Anual de Contrataciones:

A partir del primer semestre, y teniendo en cuenta la etapa de formulación y programación presupuestaria correspondiente al siguiente año fiscal, cada Entidad debe programar en el Cuadro de Necesidades, los requerimientos de bienes, servicios y obras necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y actividades para dicho año, los que deben encontrarse vinculados al Plan Operativo Institucional (...)";

Que, mediante Resolución Gerencial General Nº 081-2015-GRH/GGR, se aprobó la Directiva Nº 013-2015-GRH-GRPPAT/SGPEE, "Normas para la Formulación, Aprobación, Seguimiento y Evaluación del Plan Operativo Institucional del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco"; que, según el inciso c) del numeral 7.3 de la citada Directiva se precisa que el Plan Operativo Institucional (POI) será aprobada por el titular del pliego mediante Resolución Ejecutiva Regional;

Que, de acuerdo al inciso 6.6 del numeral 6 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobado por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 33-2017-CEPLAN/PCD, el titular de la entidad aprueba el Plan Operativo Institucional antes del 31 de marzo de cada año mediante acto resolutivo, y según el Artículo Segundo de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PC amplía el plazo para la aprobación del Plan Operativo Institucional 2018 hasta el 31 de julio de 2017;

Que, en ese contexto la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial a través del Informe Nº 289-2017-GRH-GRPPAT, su fecha de recepción en la ORAJ 26 de julio de 2017, hace suyo el Informe Nº 274-2017-GRH-GRPPAT/SGPEE de fecha 25 de julio de 2017, y solicita la aprobación del Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco, por constituir un documento orientador que permitirá visualizar la manera como se viene identificando y priorizando las actividades y/o tareas para lograr los objetivos estratégicos indicados en el Plan Estratégico Institucional, y con el objeto que el mismo disponga de un instrumento de gestión técnico - administrativo de corto plazo que defina, oriente, consolide e integre de manera armónica las actividades de las diferentes Unidades Orgánicas y/o Unidades Ejecutoras que integran la estructura orgánica;

En ese sentido, corresponde aprobar mediante el presente acto administrativo el Plan Operativo Institucional - POI 2018 del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco;

Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el inciso a)
y d) del Art. 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus leyes modificatorias y el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR, el Plan Operativo Institucional del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco para el Año Fiscal 2018 - POI 2018, formulado por las Unidades Orgánicas y/o Unidades Ejecutoras que componen el Gobierno Regional Huánuco, y consolidado por la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico y Estadística, que contiene el objetivo, marco legal, declaración de política institucional, misión institucional y objetivos estratégicos; el mismo que, como Anexo: B - 3 y B - 4 forman parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Huánuco.

Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR, el Plan Operativo Institucional del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco para el Año Fiscal 2018 - POI 2018, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como a todas las Unidades Orgánicas y/o Unidades Ejecutoras que componen el Gobierno Regional Huánuco.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RUBÉN ALVA OCHOA
Gobernador Regional

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