9/21/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1299-2017-DE/SG Aprueban Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación,

Aprueban Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación, mejoramiento y/o ampliación de Servicios de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres" y su instructivo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1299-2017-DE/SG Lima, 18 de septiembre de 2017 VISTO: El Informe Nº 481-2017-MINDEF/VRD/DGPP/DIPRI de fecha 08 de setiembre de 2017, de la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa, el Oficio Nº 2313-2017-MINDEF/VRD/DGPP/D/02, de fecha 08 de Setiembre de 2017, de la Dirección General
Aprueban Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación, mejoramiento y/o ampliación de Servicios de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres" y su instructivo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1299-2017-DE/SG
Lima, 18 de septiembre de 2017
VISTO:

El Informe Nº 481-2017-MINDEF/VRD/DGPP/DIPRI de fecha 08 de setiembre de 2017, de la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa, el Oficio Nº 2313-2017-MINDEF/VRD/DGPP/D/02, de fecha 08 de Setiembre de 2017, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Legal Nº 1749-2017-MINDEF/OGAJ de fecha 13 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país, establece en el numeral 5.1 del artículo 5, que son órganos del indicado Sistema: la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;

Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, aprobado por el Decreto Supremo Nº 027-2017-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 248-2017-EF, establece en el artículo 6, que el Órgano Resolutivo en el Sector es el Ministro, estableciendo, entre otras, la función de aprobar las metodologías específicas para la formulación y evaluación de los proyectos de inversión que se enmarquen en su responsabilidad funcional, aplicable a los tres niveles de gobierno; dichas metodologías no podrán contener aspectos contrarios a la metodología general aprobada por la Dirección General de Programación Multianual;

Que, el literal k) del numeral 7.1 del artículo 7 del indicado Reglamento, establece que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de un Sector del Gobierno Nacional tiene la función de elaborar y proponer las metodologías específicas para la formulación de los proyectos de inversión que se enmarquen en la responsabilidad funcional del Sector, en coordinación con la Unidad Formuladora del Sector, cuando corresponda;

Que, el literal b) del numeral 5.3 del artículo 5 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01, Directiva para la Formulación y Evaluación en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral Nº 002-2017-EF/63.01, señala que la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de cada Sector del Gobierno Nacional, en la fase de Formulación y Evaluación, propone a su Órgano Resolutivo, la estandarización de proyectos y las fichas técnicas respectivas para su desarrollo, considerando el contenido establecido en el numeral 7.1 del artículo 7 de la citada Directiva;

Que, mediante el Oficio Circular Nº 002-2017-EF/63.01, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas como ente rector del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, comunica a la Dirección de Programación de Inversiones del Ministerio de Defensa, que los Órganos Resolutivos de los Sectores del Gobierno Nacional son los responsables de aprobar las Fichas Técnicas simplificadas
a propuesta de sus Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, aplicables para la formulación y evaluación de los proyectos con montos de inversión menores o iguales a 750 Unidades Impositivas Tributarias, pudiendo ser Ficha Técnica simplificada específica o sectorial;

Que, mediante el Informe Nº 481-2017-MINDEF/VRD/ DGPP/DIPRI emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, solicita la aprobación de la Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación, mejoramiento y/o ampliación de Servicios de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres", así como su instructivo para la correcta aplicación por parte de las Unidades Formuladoras de las Entidades de los tres niveles de gobierno; documentos que en su formulación contaron con la participación del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres-CENEPRED y la Dirección de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, a través del Memorándum Nº 018-2017-MINDEF/ VRD/DGPP/D/03 de fecha 25 de julio de 2017, la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización (DIDOM) de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa, emite opinión señalando que es viable la aprobación de la Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación, mejoramiento y/o ampliación de Servicios de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres", así como su instructivo, propuesto por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, en razón de que cumple con lo establecido en la Directiva Nº 002-2017, Directiva de Programación y Formulación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; el Decreto Legislativo 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado por el decreto Supremo Nº 006-2016-DE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Ficha Técnica Simplificada Específica "Creación, mejoramiento y/o ampliación de Servicios de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres" y su instructivo, para su correspondiente aplicación en los tres niveles de gobierno; con la finalidad de generar información geoespacial necesaria para la Gestión del Riesgo de Desastres, documentos que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y al Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED), la difusión, capacitación y asistencia técnica en la aplicación de Ficha Técnica Simplificada Específica, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a los funcionarios responsables de las Unidades Formuladoras del Sector Defensa; así como a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones y a la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución, en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), conforme a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 996-2012-DE/SG, de fecha 6 de setiembre de 2012, así como en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa

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